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	<title>trato justo para artistas y para todos* &#187; autores</title>
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	<description>el derecho de autor y la cultura son asuntos de todos, no de algunos</description>
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		<title>Derechos de autor, academia y bibliotecas</title>
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		<pubDate>Fri, 24 Oct 2008 15:38:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paz</dc:creator>
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		<description><![CDATA[fotoCC@Juan Nosé Alberto Cerda, director de estudios de la ONG Derechos Digitales, publicó esta columna hoy en El Mostrador. Su lectura resulta sumamente interesante, cuando se contrasta con la &#8220;particular&#8221; visión de las excepciones a bibliotecas publicadas por el abogado Juan Antonio Durán, Director de Licencias SCD. Con cierto desenfado hay quienes preconizan que la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="aligncenter" src="http://farm1.static.flickr.com/105/287241345_4595e8759a.jpg?v=0" alt="" width="225" height="300" /></p>
<h6 style="text-align: center;">fotoCC@<a href="http://www.flickr.com/photos/ilo_oli/287241345/" target="_blank">Juan Nosé</a></h6>
<p style="text-align: center;"><em>Alberto Cerda, director de estudios de la ONG Derechos Digitales, <a href="http://www.elmostrador.cl/index.php?/noticias/articulo/derechos_de_autor_academia_y_bibliotecas/" target="_blank">publicó esta columna hoy en El Mostrador</a>. Su lectura resulta sumamente interesante, cuando se contrasta con <a href="http://www.tratojustoartistas.cl/el-proyecto-de-ley-y-los-autores-literarios/" target="_blank">la &#8220;particular&#8221; visión de las excepciones a bibliotecas</a> publicadas por el abogado Juan Antonio Durán, Director de Licencias SCD.</em></p>
<p style="text-align: justify;">Con cierto desenfado hay quienes preconizan que la labor de bibliotecas y universidades desconoce los derechos de propiedad intelectual, pasando por alto la profusa labor de difusión cultural que tales establecimientos desarrollan en pro de la comunidad, y aún de los propios creadores. No viene al caso detenerse en tal obviedad, pero si parece oportuno, especialmente de cara a la ardua discusión en torno a una nueva ley de propiedad intelectual, considerar en breve cómo nuestra normativa constituye un óbice a la labor de la academia y de las bibliotecas.</p>
<p style="text-align: justify;">Hoy, sólo alrededor de un 10% de las obras publicadas cuentan con una segunda edición o tiraje. El grueso de la producción literaria se agota con una primera y única tirada, obstaculizando el acceso a las fuentes de información para quienes carecen de tales ejemplares. Si una obra en tal caso no se encuentra en el mercado, ¿podrá un usuario hacer legítimamente copia de ella?</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-650"></span></p>
<p style="text-align: justify;">Tratándose de publicaciones de valor académico, año a año el mercado es incapaz de satisfacer a cabalidad las demandas de las bibliotecas universitarias, en especial en las áreas de humanidades y de las ciencias sociales. Aproximadamente un cuarto de las órdenes de compra emitidas por estos establecimientos no encuentran eco en el mercado; la mitad de estos textos constituyen bibliografía calificada de esencial por sus docentes. Sin acceso a las obras, sin un proveedor, ¿podrá legítimamente un estudiante hacer copia de tales textos?</p>
<p style="text-align: justify;">Adicionalmente a la labor de proveer acceso a los estudiantes, un significativo grupo de bibliotecas universitarias –al igual como centros de documentación y museos– desarrolla labores de preservación y conservación patrimonial. En ocasiones ello exige retirar los ejemplares de las obras de estantería y, sin disponibilidad en el medio, suplirlos por copias. A efectos de conservación y preservación del patrimonio cultural del país, y sin mediar pretensiones comerciales, ¿podrá legítimamente una biblioteca microfilmar, digitalizar u efectuar algún proceso de copia de las mencionadas obras?</p>
<p style="text-align: justify;">La modernización de la malla curricular y la actualización de contenidos obligan a los docentes a nutrirse de literatura extranjera, no siempre disponible en línea, ni en español. Desafortunadamente, el mercado local y aún el de lengua castellana resultan de escaso atractivo para varios sellos internacionales. Sin traducción disponible en el medio, ¿podrá legítimamente un académico traducir una obra y distribuir ejemplares de ella en aula para efectos docentes?</p>
<p style="text-align: justify;">Todas y cada una de las preguntas anteriores –y otras muchas más que inciden en la labor cotidiana de establecimientos educacionales, bibliotecas, archivos y museos–, tienen una respuesta negativa en nuestra legislación; cualquiera de estos actos es ilícito en Chile. En cambio, ya sea a través de un adecuado régimen de excepciones a la explotación monopólica de los derechos de autor, o bien de un sistema de fair use, la generalidad de los países desarrollados admiten como legítimas tales prácticas, dando respuestas afirmativas a esas y otras interrogantes de similar calado.</p>
<p style="text-align: justify;">Erradamente, para algunas ortodoxas voces defensoras de los derechos de autor, cualquier merma al eventual beneficio económico de sus monopólicos derechos constituye una inadmisible erosión a la propiedad privada, obviando la función social que ésta cumple y con ello la necesidad de disponer en nuestra normativa legal de un adecuado régimen de excepciones y limitaciones al derecho de autor.</p>
<p style="text-align: justify;">Los derechos de autor deben protegerse, pero en caso alguno su protección puede implicar –como lamentablemente sucede en Chile– entorpecer la actividad de establecimientos educacionales y bibliotecas, obstaculizar la creatividad, sacrificar la competitividad de la industria tecnológica y cultural local, ni comprometer la libertad de expresión y el acceso a la cultura.</p>
<p style="text-align: justify;">Naturalmente, el desarrollo de la actividad académica y bibliotecaria tiene un marco normativo de referencia bastante más basto que el concerniente a los derechos de autor, pero debe admitirse la importancia de disponer de excepciones que les garanticen el adecuado funcionamiento de las universidades, bibliotecas, archivos y museos. Insistir en desconocer su importancia es pecar de ignorancia o llamarnos simplemente al engaño.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Nueva carta sobre derechos de autor y acceso a la cultura</title>
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		<pubDate>Wed, 22 Oct 2008 17:09:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paz</dc:creator>
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		<description><![CDATA[En la edición de hoy, 22 de octubre de La Tercera, encontramos otra carta con respecto a la importancia de volver al equilibrio entre protección del derecho de autor y el acceso a la cultura. Se trata de la opinión de Rodrigo León, abogado especialista en derecho de autor de Silva &#38; Cía. Pueden encontrarla [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="size-medium wp-image-636 alignnone" title="rodrigo_leon" src="http://www.tratojustoparatodos.cl/wp-content/uploads/2008/10/rodrigo_leon.jpg" alt="" width="227" height="121" /></p>
<p style="text-align: center;"><em>En la edición de hoy, 22 de octubre de La Tercera, encontramos otra carta con respecto a la importancia de volver al equilibrio entre protección del derecho de autor y el acceso a la cultura. Se trata de la opinión de Rodrigo León, abogado especialista en derecho de autor de Silva &amp; Cía. Pueden encontrarla por <a href="http://papeldigital.info/lt/">papel digital</a>. A continuación, un pequeño extracto.</em></p>
<blockquote style="text-align: center;">
<p style="text-align: justify;">&#8220;Y es que el derecho de autor no se entiende sin el autor, pero tampoco sin el público; debe ser protegido por ser una especie de propiedad, pero también debe ser regulado en cuanto factor determinante para el desarrollo del conocimiento y de la libertad de expresión, en el sentido que su regulación no sea un límite sino un motor de dicho desarrollo&#8221;.</p>
</blockquote>
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		<title>El Gobierno acuerda las pautas de la SCD y acepta una ley abusiva para todos</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/10/08/el-gobierno-acuerda-las-pautas-de-la-scd-y-acepta-una-ley-abusiva-para-todos/</link>
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		<pubDate>Wed, 08 Oct 2008 17:18:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>claudio</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El final de esta historia es que el Gobierno tiene un concepto bien torcido de democracia y muy extraño de lo que es un gobierno &#8216;ciudadano&#8217;. Los primeros párrafos de este cuento los escribe la Ministra de Cultura reconociendo públicamente acuerdos que antes habían sido negados y reconociendo cual será la pauta del gobierno en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div style="text-align: center;"><img src="http://www.quemarlasnaves.net/wp-content/uploads/200810081251.jpg" alt="200810081251.jpg" width="480" height="216" /></div>
<p>El final de esta historia es que el Gobierno tiene un concepto bien torcido de democracia y muy extraño de lo que es un gobierno &#8216;ciudadano&#8217;. Los primeros párrafos de este cuento los escribe la Ministra de Cultura reconociendo públicamente acuerdos que antes habían sido negados y reconociendo cual será la pauta del gobierno en estos temas de acá en adelante. El final de esta historia, mis amigos, <strong>se escribe desde los cuarteles generales de la Sociedad Chilena de Derecho de Autor</strong> (SCD), desde donde se ha escrito y se está escribiendo en este instante el futuro del derecho de autor en Chile. <strong>A costa de Internet, del desarrollo tecnológico y a costa de todos nosotros</strong>, por supuesto.</p>
<p><span id="more-442"></span></p>
<p>Sabemos que se encuentra en el Senado <a href="http://www.quemarlasnaves.net/2007/05/14/la-reforma-a-la-ley-de-propiedad-intelectual-la-introduccion/">una de las reformas más importantes a la Ley de Propiedad Intelectual desde el año 1970</a>. Esta reforma pretende adaptar esta ley que data de 1970 a los desafíos del mundo digital y evitar así una serie de absurdos. Además, pretende hacer esta ley razonable desde el punto de vista de las <strong>excepciones y limitaciones al derecho de autor que se contemplan en todo el mundo</strong> y que en Chile somos meros expectadores. Porque claro, cada una de las reformas que se le ha hecho a esta ley ha sido hecha previa aprobación de la SCD y todas ellas pretenden fortalecer derechos de autor vetustos y añejos en detrimento de los derechos del público. Esta ley <strong>pretendía equilibrar</strong> de una vez por todas esos intereses.</p>
<p>Pero esto ha provocado <a href="http://www.tratojustoartistas.cl">una reacción histérica, desinformada y patética</a>. Mientras existía un esfuerzo para lograr una ley que fuera <a href="http://www.tratojustoparatodos.cl/">justa para todos</a>, otros <a href="http://www.fotos.emol.com/index.asp?G_ID=6435#">han salido a la calle con carteles y pitos a pedir una ley justa sólo para ellos</a>. No una ley que se adapte al mundo de internet, sino que una ley que se adapte <strong>a sus propios bolsillos e intereses</strong>.</p>
<p>Pero en fin, vamos al grano, dijo el dermatólogo. <strong>Los acuerdos a los que ha llegado el gobierno con la SCD</strong> a escondidas de la ciudadanía, con el fin de que esta ley salga adelante sin ruido, son los siguientes [<a href="http://www.quemarlasnaves.net/wp-content/uploads/CuadroAcuerdosGobiernoSCD.pdf">descargar versión original</a>]:</p>
<p>1.- <span style="text-decoration: underline;">No apoyar indicaciones</span> <span style="font-weight: bold; text-decoration: underline;">que exigen que exista uso efectivo de obras para que haya cobro</span> <span style="text-decoration: underline;">por parte de la SCD</span>. Se lo pongo con un ejemplo. Si yo a usted lo demando porque me golpeó luego de una discusión, <strong>seré yo quien tengo que probar que tengo un golpe y que ese golpe me lo propinó usted</strong>. Esto es muy razonable, porque de lo contrario nos pasaríamos demandando los unos a los otros exigiéndole pruebas de lo contrario al demandado.<br style="text-decoration: underline;" /></p>
<p>Bueno, la SCD quiere lo contrario. El acuerdo supone que el gobierno acepta que la SCD no tenga que acreditar uso efectivo de las obras, sino que se pueda basar sólo en supuestos, para proceder al cobro. Lo que resulta interesante considerado que viene de quienes son <strong>los principales promotores de demandas judiciales por derechos de autor en Chile.</strong></p>
<p>2.- <span style="text-decoration: underline;">Apoyar un proceso de <strong>mediación previa en caso que no haya acuerdo sobre el cobro entre las partes</strong></span>. Hoy, quien fija las tarifas que cobra la SCD, es la propia SCD. Así, si usted tiene una discoteque u organiza un evento pequeño musical, tiene que pagarle a la SCD la tarifa que ellos mismos determinan. Como no hay otra entidad que &#8216;compita&#8217; con la SCD, no queda más remedio que pagar a menos que queramos exponernos a demanda. El proyecto suponía un procedimiento de <strong>Arbitraje Forzoso</strong>, esto es, que en caso de desacuerdo sobre la tarifa, sea un tercero el que decida obligatoriamente.</p>
<p>Lo que ha aceptado el gobierno a solicitud de la SCD es que en caso de desacuerdo, vayamos a una &#8220;mediación previa obligatoria&#8221; en la que nos van a conminar a llegar a acuerdos. Si no llegamos a acuerdos, vamos a juicio. Es fácil de entender que esto, en buen chileno, <strong>vale hongo</strong> y no protege al más débil en la negociación, que ciertamente no es una entidad monopólica.</p>
<p>3.- <span style="text-decoration: underline;">Apoyar la <strong>eliminación de la responsabilidad de los prestadores de servicios internet</strong></span>. En castellano castizo, esto significa dejar la puerta abierta para que mañana la SCD dirija cobros a nuestros proveedores de acceso a Internet por las eventuales descargas que realizan sus usuarios. Los que han pasado por alguna clase de economía, saben que esto significa finalmente un cobro que vamos a terminar pagando todos nosotros.</p>
<p>Ahora, si a mi me preguntan, yo estaría feliz con un canon como este siempre que supusiera una excepción amplia para usos y reproducción no comercial. Pero como a algunos quieren pan y pedazo, quieren meternos un impuesto, pero no entregarnos ningún derecho. Así cualquiera.</p>
<p>4.- <span style="text-decoration: underline;">Eliminar excepciones <strong>para traducción, para usos educacionales y para</strong> <strong>usos justos</strong></span>. El Gobierno está de acuerdo con la SCD en eliminar esa terrible y macabra excepción que permite que <span style="text-decoration: line-through;">piratas</span> profesores hagan traducciones de textos que se encuentran en otros idiomas para efectos de enseñanza. También está de acuerdo en eliminar la excepción que permite reproducción de obras cortas para fines educacionales.</p>
<p>Lo más grave, es que además acuerda la eliminación de <strong>lo más importante de esta ley</strong>, la excepción que <strong>permite usos justos o legítimos</strong>. Que le permite a usted subir a Youtube un video de su hijo que baila una canción que suena en la radio, que le permite pasar un CD a MP3 o que le permitiría por ejemplo, hacer un collage o una presentación en Powerpoint con imágenes y música de fondo para las bodas de Oro de sus papás. Para quienes quieren tratos justos para algunos, <strong>hay que pagar</strong>.</p>
<p style="text-align: center;"><img src="http://www.quemarlasnaves.net/wp-content/uploads/200810081250.jpg" alt="200810081250.jpg" width="480" height="240" /></p>
<p>En reunión con la Ministra de Cultura, ella reconoció que <strong>este acuerdo marcaba la pauta del Gobierno en este tema</strong>, por lo que no hay más que conversar.</p>
<p>Me parece lamentable que el Gobierno termine haciendo caso omiso a los reclamos de una serie de organizaciones sociales, gremiales, académicos e industriales que <strong>queremos una ley de propiedad intelectual moderna, ajustada a los desafíos de Internet</strong><strong>, y que no trate a sus ciudadanos como delincuentes.</strong> Que no sea utilizada como privilegios para algunos sino que apunte, en definitiva, <a href="http://www.tratojustoparatodos.cl/">a un trato justo para todos</a>.</p>
<p>Ahora estamos en las manos de nuestros otros representantes, <a href="http://www.senado.cl">de nuestros parlamentarios</a>. quienes esperamos estén a la alturas de las circunstancias y representen los intereses del país</p>
<p>Pero hay buenas noticias. La buena noticia, es que a partir de ahora, amigos míos, <strong>se nos acabó la buena onda</strong>. Pronto, muchas más noticias.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Titulares y autores: la lección del Voyager</title>
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		<pubDate>Mon, 25 Aug 2008 21:57:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>claudio</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Imagen: NASA, felizmente en el dominio público. Hace 31 años, desde Cabo Cañaveral, Florida, despegó una de las aventuras más fantásticas de la era espacial. Las sondas Voyager fueron diseñadas para estudiar Júpiter y Saturno, pero continuarían su misión saliendo fuera de los límites del sistema solar. Durante varios meses un comité dirigido por Carl [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p></p>
<div style="text-align: center;">
  <img src="http://www.tratojustoparatodos.cl/wp-content/uploads/2008/08/200808251722.jpg" width="480" height="246" alt="200808251722.jpg" />
</div>
<p style="text-align: center;">Imagen: <a href="http://grin.hq.nasa.gov/ABSTRACTS/GPN-2000-001978.html">NASA</a>, felizmente en el dominio público.</p>
<p style="text-align: left;">Hace 31 años, desde Cabo Cañaveral, Florida, despegó una de las aventuras más fantásticas de la era espacial. Las <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Voyager">sondas Voyager</a> fueron diseñadas para estudiar Júpiter y Saturno, pero continuarían su misión saliendo fuera de los límites del sistema solar. Durante varios meses <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Carl_Sagan">un comité dirigido por Carl Sagan</a> de la Universidad de Cornell hizo una selección de <strong>más de 115 imágenes y otros sonidos que capturaran la vida y cultura en la tierra</strong>, las que fueron añadidas en un disco gramófono construido de plata, cobre y oro que iba dentro de la Voyager. Además de la sección de sonidos de la tierra que incluye el código morse, el sonido de un beso y el de un tren, entre otros, el disco dorado incluye una selección muy ecléctica de música del mundo, que va desde el &#8220;Concierto de Brandenburgo&#8221; de Bach al &#8220;Johhny B. Goode&#8221; del inconfundible Chuck Berry.</p>
<p>En su libro &#8220;<a href="http://www.amazon.com/Murmurs-Earth-Voyager-Interstellar-Record/dp/0345315367">Murmurs of Earth</a>&#8220;, Carl Sagan cuenta que también quiso incluir música de The Beatles, en particular &#8220;Here Comes The Sun&#8221;, la canción compuesta por George Harrison para el disco Abbey Road. Nos guste o no, una compilación de los sonidos de la tierra sin una composición de The Beatles, <strong>no es una compilación completa.</strong></p>
<p>Se comunicó con los músicos, sin problemas de su parte. Hasta que tuvo que hablar con Apple Records, el sello que agrupaba a los ingleses, donde no tuvo el mismo éxito para conseguir la autorización que había conseguido por parte de los artistas. En palabras del propio Sagan,</p>
<blockquote>
<p>Queríamos enviar &#8220;Here Comes The Sun&#8221; de los Beatles, y los cuatro Beatles dieron su aprobación. <strong>Pero los Beatles no eran titulares del derecho de autor</strong>, y el status legal de la canción era muy turbia para arriesgarse.</p>
</blockquote>
<p>En noviembre de 2004, el Voyager se transformó en la cuarta sonda construido por el ser humano que traspasó las fronteras del sistema solar. Sin música de The Beatles.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Satanizados por la ley</title>
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		<pubDate>Mon, 04 Aug 2008 23:30:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>claudio</dc:creator>
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		<description><![CDATA[En Las Últimas Noticias de hoy hemos visto como Esperanza Silva, representante de los actores, se ha referido al tema que nos convoca. En sus palabras, explica que a la Ministra de Cultura Paulina Urrutia “le enviamos una carta donde le hacíamos ver que el ministerio no defiende con la fuerza suficiente el derecho de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img src="http://www.tratojustoparatodos.cl/wp-content/uploads/2008/08/200808041920.jpg" width="480" height="246" alt="200808041920.jpg" /></p>
<p style="text-align: left;">En Las Últimas Noticias de hoy hemos visto como Esperanza Silva, representante de los actores, <a href="http://www.grabup.com/uploads/85d46e5ed9a5498ac9f9aea6e64b352a.png">se ha referido al tema que nos convoca</a>. En sus palabras, explica que a la Ministra de Cultura Paulina Urrutia</p>
<blockquote>
<p>“le enviamos una carta donde le hacíamos ver que el ministerio no defiende con la fuerza suficiente el derecho de los artistas….. <strong>los artistas se sienten satanizados</strong> no de parte de Urrutia sino <strong>de su asesoría jurídica</strong>”.</p>
</blockquote>
<p>Si bien desde este pequeño rincón no logramos entender a quien se refiere, resulta interesante la <strong>analogía demoníac</strong>a para efectos de entender una ley que precisamente pretende legalizar una serie de prácticas que todos los días hacemos sin fin de lucro alguno y que hoy son ilegales. <a href="http://www.tratojustoartistas.cl/2008/08/04/esperanza-silva-artistas-satanizados-por-la-asesoria-juridica-de-paulina/">Si eso significa dormir bajo los brazos de satanás para algunos</a>, es otra historia.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>3.- El proyecto de ley no suprime a los autores, incorpora a los usuarios</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/07/25/el-proyecto-de-ley-no-suprime-a-los-autores-incorpora-a-los-usuarios/</link>
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		<pubDate>Fri, 25 Jul 2008 20:50:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>claudio</dc:creator>
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		<category><![CDATA[derechos fundamentales]]></category>
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		<description><![CDATA[El proyecto de ley no suprime a los autores, sólo busca incorporar a un nuevo actor que jamás había estado contemplado hasta ahora: Nosotros, los usuarios. El supuesto problema del concepto de autor en la ley es pura retórica. El proyecto de ley habla de titulares de derecho porque ellos son quienes dan las autorizaciones [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El proyecto de ley no suprime a los autores, sólo busca incorporar a un nuevo actor que jamás había estado contemplado hasta ahora: Nosotros, los usuarios.</p>
<p><span id="more-34"></span></p>
<p>El supuesto problema del concepto de autor en la ley es pura retórica. El proyecto de ley habla de titulares de derecho porque ellos son quienes dan las autorizaciones para el uso de las obras, y no necesariamente los autores o artistas. Normalmente, <strong>quienes son titulares de sus derechos son los sellos discográficos, las empresas de tecnología y los productores</strong>. Por lo demás, no olvidemos que desde 1970 la ley califica a los autores de titulares de derechos.  Distinguir entre titulares de derechos y autores es importante, para no confundir la protección a las industrias multinacionales que son titulares de derechos cuando la ley pretende proteger a los autores.</p>
<p>El proyecto de ley debe buscar el bienestar de todos y no sólo el de los autores. Para eso debe autorizar ciertos usos legítimos, debe fortalecer el patrimonio común y debe tomar medidas que garanticen las libertades y los derechos fundamentales de las personas. <strong>La ley también es para los usuarios de las obras</strong>. Eso intenta hacer el proyecto, eso es lo que respaldamos. Trato justo para todos.</p>
<p>Lo anterior es en respuesta a:</p>
<blockquote><p>La supresión sistemática en la ley de los conceptos “autor” y “artista”, sustituyéndola por el genérico “titular de derecho” vacía las normas del contenido simbólico que representa la protección de los creadores y la cultura, y lo transforma en un derecho de las empresas, como si ya no tuviera sentido legislar a favor de las personas naturales que realizan las obras y las interpretan, y que encarnan el patrimonio cultural de la nación. Esta es una cosificación premercantil de matriz anglosajona, ajena a nuestros valores. Que los legisladores sepan que quienes estamos luchando por esto somos personas, autores, artistas, y no entes abstractos.</p>
<p>[Publicado en <a href="http://www.tratojusto.cl/n2/uno.html">tratojusto.cl</a>]</p></blockquote>
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