Propiedad Intelectual y Derechos Ciudadanos: el caso de España y Chile

Cuando se atestiguan batallas legales sobre el devenir de la propiedad intelectual en Internet como las acaecidas en España, se puede tener conciencia de la magnitud de lo que estaba en juego en la última modificación a la ley de propiedad intelectual chilena, y en lo logrado en términos de protección a los derechos ciudadanos en el entorno digital.

Así hoy vemos con perplejidad cómo en España, con la excusa de la protección de los derechos de autor en la web, las políticas públicas disponen un organismo de carácter policial que no solo amenaza la libre expresión de los ciudadanos, sino que el desarrollo democrático de un medio como Internet que, gracias a sus bajos costos, permite mostrar voces antes inapreciables en los medios tradicionales e idear nuevos modelos de negocios y estadios de creatividad.

Este es el caso de la recién creada Comisión de Propiedad Intelectual de España, organismo administrativo dependiente del Ministerio de Cultura, que tendrá el poder de bloquear sitios de Internet que alojen o faciliten sin permiso enlaces de obras sujetas a derechos de autor (música, videos, fotografías, textos, etc.). De esta manera, las compañías de acceso a Internet tienen la obligación de dar datos personales de los usuarios a esta comisión cuando los solicite, y si se comprueba la falta y no se atienden los llamados de advertencia de este organismo, éste puede ordenar el bloqueo de una web en particular, sin intervención previa del juez salvo que la misma comisión lo decida.

En otras palabras, el ciudadano interpelado por la comisión no tiene posibilidad alguna de defenderse ni de exponer sus argumentos frente a una instancia neutra, garante de derechos, como es la Justicia en todo país democrático.

La polémica no se ha hecho esperar en España y ya agrupaciones de ciudadanos han redactado un manifiesto llamado “En defensa de los derechos fundamentales en Internet” donde, en 10 puntos, se expone el peligro inminente a los derechos humanos que significa la creación de esta Comisión de Propiedad Intelectual.

La situación española por cierto recuerda una de las discusiones más polémicas en la nueva ley de propiedad intelectual chilena: la idea de algunos agrupaciones de defensa de derecho de autor que buscaba que fuera suficiente solo un trámite administrativo (por ejemplo, una carta certificada de parte del titular de los derechos de autor de una obra) para bloquear o eliminar un contenido de Internet.

Fue gracias a la presión ciudadana de miles de chilenos que se organizaron a través de instancias online como offline, lo que permitió que en el Congreso se velara no solo por la justa protección a los derechos de autor, sino también por la defensa de los derechos del resto de los ciudadanos. Así, no solo se estableció que fueran los tribunales los que determinaran el carácter ilícito de un contenido en Internet, sino que además se aprobaron Usos Justos que por primera vez garantizaban derechos de acceso a obras intelectuales a los chilenos, entre otros avances.

No está todo ganado. La situación de España no solo recuerda que hay mucho que avanzar en el fortalecimiento del acceso a la cultura en Chile (como por ejemplo, establecer una política pública sistemática de fortalecimiento y difusión de nuestro patrimonio cultural común), sino que también es una alarma para no olvidar cómo Internet es hoy un campo de disputas que no puede llevar a los ciudadanos a bajar la guardia. Los intereses comerciales y las presiones privadas a los organismos públicos son una amenaza latente para los derechos ciudadanos en el entorno digital.

*Foto CC BY Arguez NC – SA.

**Articulo originalmente publicado acá.

4 comentarios


  1. me parece inaudito que sucedan estas cosas en pleno siglo XXI, se ha convertido en una verdadera caza de brujas y todo por dinero, yo soy un artista pequeño, tengo mis proyectos y mis proyecciones musicales y no cobro ni un duro por las cosas que hago y no me molestaría que mi material fuera ocupado y disfrutado por quien sea, entonces no veo por qué un organismo apoyado por el gobierno empezara a censurar y cobrar alegando que defiende mis “derechos”…. es un absurdo y la voz de todo chile dice “NO A LA CENSURA” y como dice una vieja frase romana: “vox populi, vox dei”….. hagamonos oir.

  2. No_Existe dice:

    “Fue gracias a la presión ciudadana de miles de chilenos que se organizaron a través de instancias online como offline, lo que permitió que en el Congreso se velara no solo por la justa protección a los derechos de autor, sino también por la defensa de los derechos del resto de los ciudadanos”

    JA JA JA JA JA, ¿con qué cara? por favor, ustedes NO MOVIERON NI UN PELO en las últimas movilizaciónes ciudadanas en contra de la ley de propiedad intelectual y lo peor de todo, se encargaron de dejarla por el suelo, tratando a los internautas de “flaites” “desinformados” “trolls” e “imbéciles de marca mayor” entre otros epítetos.
    Más encima NO PUEDEN COMPARAR EL CASO ESPAÑOL CON EL CHILENO. De partida PORQUE USTEDES LLAMARON A APROBAR LA LEY. Además ¿vieron algún manifiesto como el español redactado por bloggeros y periodistas interesados en el tema? ¿vieron una junta como esta : http://www.fotonazos.es/2009/12/fotos-de-la-reunion-relampago-de-madrid-por-los-derechos-fundamentales-en-internet/ ? ¿Vieron repercusión del movimiento digital en los medios tradicionales como si ha ocurrido en España? ¿Alguna editorial como la del diario El Mundo?¿Vieron una declaración oficial del Gobierno como si ocurrió en España, país en el cual el propio Zapatero dijo que ”No se va a cerrar ninguna web”? ¿Vieron DISPOSICIÒN AL DEBATE por parte de los bloggeros? Para nada, pues, ellos se encerraron en su posición ARRIBISTA (”yo soy mejor que tú, no tengo por qué discutir con un don nadie”) y cuando intenté debatir respecto del alcance de la ley con argumentos JURÍDICOS y yendo a los textos no se me puso atención o se me respondió con evasivas, no como en España, en donde fui testigo de debates online entre bloggeros, tanto anónimos como connotados, en los cuales no importaba la “alta personalidad” de los participantes, sino la calidad de los argumentos esgrimidos.
    Está bien, reconozco y agradezco su trabajo anterior luchando por incluir los “auto inventados usos justos” (palabras de Denisse Malebrán, ignorando quizás que el término es una traducción del concepto “fair use” que viene del Common Law) y denunciando el oscurantismo de organizaciones como la SCD, pero a mi juicio, resulta completamente INMORAL que se llenen la boca con un triunfo, del cual no fueron partícipes.
    Y no estoy inventando nada, cito las palabras de Claudio Ruiz en su blog:
    “Por otro lado, las campañas que han aparecido en internet, lejos de alentar un sistema adecuado o justo de propiedad intelectual al parecer no hacen sino poner obstáculos a la compresión de los derechos de autor no sólo como protección de propiedad, sino también como garantías de acceso al conocimiento y la cultura. Saturar las casillas de correo de los diputados con mensajes equívocos y otros derechamente equivocados respecto del proyecto, lo único que hacen es darle razones a quienes quieren seguir discutiendo esto entre cuatro paredes, de espaldas a la gente. Un activismo digital de verdad, es un activismo que se haga responsable y con la verdad, no con supuestos ni con intuiciones. Y eso veo que hace mucha falta en estos días”
    Y un texto extraído de aquí mismo, en la entrada titulada: Nueva ley de propiedad intelectual ¿censura a internet?
    “Que no sean las presiones políticas o eventuales oportunismos electorales de diversos sectores políticos, los que desinformen sobre la importancia de tener una nueva ley de propiedad intelectual justa y moderna, que por primera vez tome en cuenta de manera seria los intereses de los ciudadanos y del patrimonio cultural chileno”

    En fin, me molesta mucho que pretendan arrogarse una representatividad que no tienen y que celebren por victorias ajenas. También me molesta mucho que los líderes de los grupitos cerrados y excluyentes llamados “pro internautas” emitieron comentarios FALSOS sobre la ley, señalando por ejemplo que ésta ” no permitía desconexión a internet a usuarios infractores” cuando aquello sí podía ser establecido como sanción al interpretar el oscuro el artículo “85 a)”, que fue discutido en la comisión Mixta, Comisión en la cual se dejó constancia que el citado artículo no permitía ello y que, para que no quedaran dudas, se eliminó ese literal. También se dijo en los blogs que “todo retiro o bloqueo de contenidos debe ser previa ORDEN JUDICIAL, no administrativa o privada” . No creo que sea necesario ahondar al respecto.
    Y espero que no me traten de paranoico. No cuando la experiencia internacional demuestra que las organizaciones gestoras de derechos de autor han sido capaces de todo (incluso demandar particulares) con el fin de obtener ganancias y que además existen entidades dispuestas a lucrar a través de demandas (vean la página de la IFPI Chile, en la cual, en su “informe de música digital” se señala expresamente que “Los tribunales mejoran el panorama”)

    PD: Por cierto, el Manifiesto español es efectivo, pero NO DICE LA VERDAD. Sería muy bueno que se informaran un poco mejor al respecto.
    Saludos.


  3. y a este quien le movio fichas?

  4. Paralelepipedo dice:

    les cayo como aji en el poto tu comentario, No Existe, estos tipos de esta pagina son completamente cinicos al bajarle el perfil y apoyar esa estupida ley y cuando en españa sucede lo mismo estos tipos se la dan de maestros alabando a españa, son como perritos que miran al dueño meneandoles la cola.

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