En qué va el proyecto de Ley
A pesar de la falta de noticias relevantes desde el Senado, y luego del triunfo que significó la aprobación de los usos justos, la ley sigue en debate.
Actualmente, uno de los puntos a resolver tiene que ver con la limitación de responsabilidad de los presentadores de servicios de Internet. A pesar de los esfuerzos de los amigos de la SCD y de las multinacionales disqueras, el Senado rechazó la propuesta que permitía a los ISP bajar contenidos eventualmente infractores a partir de una notificación privada de los titulares de derechos. Esto constituye un punto importante debido a la fuerte presión de estos grupos en torno al tema.
La próxima pelea tiene que ver con la resolución de conflictos de controversias generadas por las tarifas impuestas por las entidades de gestión colectiva. La SCD, una vez más, ha defendido un sistema de “mediación previa” inaceptable y que implica básicamente mantener el estado de cosas actual dado que con un sistema como éste los conflictos relevantes seguirán decidiéndose en tribunales ordinarios.
Creemos que los puntos más importantes que nuestros legisladores deben tomar en consideración respecto de este punto son:
1.- Establecer un mecanismo de arbitraje obligatorio para resolver estos conflictos, siguiendo lo requerido por la Comisión Resolutiva Antimonopolios en 1998 respecto del mismo tema.
2.- Eliminar el requisito de Declaración de Posición Dominante que establece el proyecto de ley para acceder a dicho arbitraje forzoso, dado que implica un obstáculo insalvable para los usuarios frente a un conflicto como este y por otro lado no tiene parangón en sistemas comparados.
Seguiremos atento a las novedades respecto de este tema debido a que la defensa del interés público no se limita a las excepciones.
Las cosas claras 

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“…las tarifas impuestas por las entidades de gestión colectiva…” puede alguien explicar a que se refieren con eso? ser un poco mas especifico?
saludos y felicitaciones por la pega que hacen
Cuando la SCD va a una zapatería y le cobra por la música que comunica en el local, la zapatería no puede negociar la tarifa que le cobran. La tarifa la fija unilateralmente la SCD y si no está de acuerdo, sólo puede recurrir a tribunales.
Lo que se propone es que este conflicto lo resuelva de manera obligatoria un tercero imparcial, un árbitro.
Es falso lo que dices. El de la zapatería puede poner mùsica que no esté representada por la SCD, o puede no poner nada de mùsica.
En todo caso, cuàndo me compro un super 8 en el quiosco, el precio también lo fija el quiosquero unilateralmente no?
Puedo tratar de negociarlo o ir a un tribunal para que dirima cuál es el precio justo del súper 8?
Primero, no es falso lo que digo porque mi supuesto es que la zapatería PONGA música. Segundo, hay un montón de fallos de tribunales civiles en Chile donde se constata que la SCD ha solicitado el pago de licencias sin acreditar ni el uso efectivo de las obras ni tampoco que tenga potestad para efectuarlas.
Por lo demás el ejemplo del Super8 es completamente equivocado, porque en tu ejemplo, si no te gusta el precio del Super8 injusto que “unilateralmente te fija” el quiosquero, puedes ir al del quiosco de enfrente y, gracias a la competencia, lo más probable es que tenga un precio mayor.
En el caso que estamos comentando, si no te gusta el precio de la licencia de la SCD, no tienes otra SCD que contrapese y entregue equilibrio al mercado. Bueno, y esto lo dijo hasta la Comisión Resolutiva antimonopolios hace como 10 años.
Saludos.
Que no haya otra SCD es un gran acierto de los compositores agrupados ahí, nada más.
No es la SCD que prohibe la creación de otra Sociedad de autores. Son ellos mismos que se han dado cuenta que si hubieran muchas sólo lograrían recuadar menos.
El punto es que los autores son los dueños de sus obras y pueden cobrar los que les parezca por su uso.
Y si el zapatero le parece injusto pues entonces no ejecute música representada por la SCD.
El que no haya otra SCD no tiene nada que ver con los compositores agrupados ahí, tiene que ver con condiciones de mercado. Tu argumento es equivalente a decir que el que no haya otra Feria Del Libro es un éxito de los libreros representados en la Cámara del Libro. Absurdo.
Nadie ha puesto en duda que los titulares de derechos cobren lo que estimen justo. El punto de fondo tiene que ver con cómo resolvemos los conflictos. ¿Que acaso no es justo que lo resuelva un tercero imparcial?
No entiendo porqué de todas las actividades de la sociedad sólo las tarifas que fijan los compositores sean tema de discusión.
Porqué si considero que una operación al corazón es muy cara no puedo ir a un tribunal?
Chilectra es dueño de los postes. Tiene un monopolio, cierto? OK. Puede haber otra compañía de electricidad, por cierto que sí, pero estaremos de acuerdo que las barreras de entrada de una nueva compañía que compitiera son demasiado altas como para que exista otra.
¿Qué hace el Estado en esa situación? ¿Deja que la compañía de luz cobre lo que quiera por su producto, total es de él? ¿Deja que cobre lo que quiera porque, si alguien lo encuentra caro, simplemente se ilumina con velas?
No. Lo que hace el Estado en ese caso, es fijar él las tarifas para evitar abusos.
Si tú consideras que la operación al corazón es muy cara, tienes otro hospital donde puedes operarte más barato. Si yo tengo una zapatería y pongo música, no tengo otra que negociar con la única entidad de gestión colectiva que existe. Y lo que se pretende es que, en caso de desacuerdo en las tarifas, sea un tercero imparcial quien defina la tarifa justa, en un proceso rápido y expedito. ¿Cuál es el problema con ello?
No, eso no es verdad. Puedes poner música que no esté representada por la SCD y punto.
Concuerdo, pero como te digo antes existen casos judiciales en Chile donde la SCD cobra sin probar en lo absoluto que se utilice su repertorio. Luego, para ellos es irrelevante si se trata de su repertorio.
Y esos casos llegaron a los tribunales de justicia y los ganó la SCD?
Lo pregunto sin ninguna suspicacia, simplemente no sé de la existencia de esos casos.
A lo que voy es que si cada vez que alguna zapatería quiere pagar menos, porque le parece el cobro excesivo, pasaríamos en juicios arbitrales. O sea, no veo ninguna razón para que cada “cliente” de la SCD trate de pagar menos, si es que exisiera la posibilidad de hacerlo.
La respuesta es sí.
Entiendo el punto, pero la situación es distinta. La situación es que existe sólo una entidad de gestión colectiva (un fact), que cobra lo que quiere (otro fact) a terceros que muchas veces no tienen posibilidad de negociar si estiman que dichas tarifas no son adecuadas. El problema, es que si van a tribunales el costo para una zapatería es infinitvamente mayor que el costo marginal que le representa a la SCD un juicio civil más (otro fact).
En un país decente, deberíamos establecer mecanismos justos de cobro cuando tenemos situaciones de mercado como de las que gozan las entidades de gestión colectiva en Chile. Una alternativa, es tener un mecanismo de arbitraje obligatorio, que no obligue a los pequeños comerciantes a contratar abogados y llevar adelante largos y caros juicios.
Bueno, nos seguimos dando vueltas sobre lo mismo.
A mi me parece que es obvio que una zapatería que tiene una radio prendida pasa repertorio protegido por la SCD. Y por lo tanto tiene que pagar la tarifa que corresponde. La música no es como la electricidad que es indispensable para las faenas propias de la zapatería. La música en este caso es un lujo, que sólo agrega confort a la zapatería, y como tal debe pagarlo.
Y al revés de lo que tu piensas, creo que la existencia de arbitraje obligatorio haria que todos los que ejecutan música se acogieran a ese recurso para no pagara.
Te acuerdas tu de los juicios a las radios que tuve que hacer la SCD hace unos 15 años aprox, para que las radios pagaran?
Todo lo que la SCD ha ganado, lo ha ganado en juicios, si alguien quiere no pagar o pagar menos, que lo gane en tribunales también.
saludos
Es curioso como algunos creen que la mejor forma de solucionar problemas públicos es propietarizándolos.
Como si el problema del establecimiento de tarifas unilateral y sin control de las entidades de gestión fuera un problema sólo “entre privados” que debieran “arreglar sus problemas en tribunales”. Todo esto sin contar que los costos procesales para una zapatería son relevantes, a diferencia de los costos marginales que esto supone para una entidad de cobro de derechos.
Algunos creemos que en situaciones como estas, tenemos que intervenir para evitar estos nefastos dequilibrios a favor de unos pocos. Otros, al parecer, no.
En fin, supongo que nunca estaremos de acuerdo. Saludos.
Es que esa es nuestra diferencia básica estimado Claps. Tu consideras la obra de alguien….de un particular…un bien “público” y de ahí tus ganas de que se resuelva por mil instancias arbitrales.
Yo en cambio creo que si hicera una canción supongamos, no me parece que esté ni cerca de ser un bien público. Es de mi propiedad y punto. Si alguien quiere usarla pues que me pida el permiso. No estoy de acuerdo que alguien lo use sin pedir permiso, ni así sean niños ciegos o de la teletón. No existen las excepciones para mi. Y si no tengo ganas no le permito a los niños ciegos usarlas y si quiero se las regalo a la Coca cola. Es mi derecho, pues es mi creación.
Yo no aceptaría ningún arbitro de nada más que mi voluntad.
Ahora otra cosa es que a mi me sirva que la zapatería ponga mi canción, porque quiero ganar fama o dinero con eso. Ahí si tengo que estar dispuesto a negociar y llegar a algún acuerdos, pero a priori no estoy de acuerdo con ninguna excepción.
Yo no he dicho que una obra sea un bien público. De hecho, no lo es. Sucede que tú propietarizas los derechos de autor, cuando son derechos más parecidos a monopolios de explotación que otra cosa. Es más, los derechos de autor los inventamos como sociedad no hace mucho para entregar incentivos para la creación, siempre que esas obras circulen. Es por eso que el derecho de autor *supone* que existan excepciones, es imposible pensar en un derecho de autor sin excepciones para el público en general, sino no tendría ningún sentido entregar este monopolio de explotación. De no existir excepcionesl, lo que sucedería finalmente, es propietarizar la cultura e impedir la innovación y el florecimiento de nuevas formas de creatividad. Supongo que a nadie le interesa aquello.
Es eso lo que tú no entiendes, estimado Barrios.
Me puedes mostrar alguna defición de derecho de autor que incluya el
“para entregar incentivos para la creación, siempre que esas obras circulen”
No sé de dónde sacas eso. El derecho de autor es derecho exclusivo de una obra que tiene su autor, independiente de que esa obra quede guardada en un closet o sea la más popular del mundo.
O sea tu lo que dices es que una obra que no circula, automáticamente, pierde sus derechos de autor ?
A lo menos toda la literatura que conozco respecto del tema entiende los derechos de autor inseparables de las excepciones. ¿Qué otra explicación habría para consagrar un monopolio legal?
No estoy diciendo que la obra que no circule pierda sus derechos de autor, lee bien lo que he escrito. Estoy argumentando a favor de un sistema equilibrado y en contra de un sistema donde, en tus palabras, no deban existir excepciones.
Saludos.
De wikipedia
El derecho de autor (del francés droit d’ auteur) es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica, esté publicada o inédita.
Esa es una definición de derecho de autor. Te pido que pongas una donde se mencione
“para entregar incentivos para la creación, siempre que esas obras circulen” o
“A lo menos toda la literatura que conozco respecto del tema entiende los derechos de autor inseparables de las excepciones”
Bueno yo te diré que en mi caso
No difundo música de artistas de adheridos a la scd
pero ellos suponen que si.
y por eso en este momento me estan demandando.
Me enviaron una liquidación donde según ellos yo les adeudo $1.200.000.00.
Mensual yo debo pagar $43.000, monto que ellos lo han fijado y no tengo a quien recurrir.