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	<title>Comments on: El Senado da luz verde a los usos justos en Chile</title>
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	<description>el derecho de autor y la cultura son asuntos de todos, no de algunos</description>
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		<title>By: Leonardo Vidal</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2009/06/15/el-senado-da-luz-verde-a-los-usos-justos-en-chile/comment-page-1/#comment-4372</link>
		<dc:creator>Leonardo Vidal</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 17 Aug 2009 05:24:03 +0000</pubDate>
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		<description>Hay detalle técnicos a evaluar. El derecho moral de la obra casi nunca es ejercido por los medios, sí el patrimonial, como herramienta legal cuando se ha firmado un contrato de trabajo donde se renuncia a este. Por experiencia personal sé que podrán seguir usando mis fotos ad infinitum las veces que quieran y yo tendría que estar revisando cada edición de cualquier revista que imprima -Televisa en este caso- para asegurarme que la imágen que usaron lleva mi nombre al lado. Cosa imposible que, además, no es retroactiva, por lo que jamás habría una aclaración. Lo único que finalmente vale legalmente es la posesión del negativo o dapositivo, cosa que actualmente dado el universo global-digital es algo a lo menos anecdótico. La imposibilidad de un respaldo físico hace que los derechos de reproducción pasen directamente al terreno de la metafísica.
Saludos cordiales.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hay detalle técnicos a evaluar. El derecho moral de la obra casi nunca es ejercido por los medios, sí el patrimonial, como herramienta legal cuando se ha firmado un contrato de trabajo donde se renuncia a este. Por experiencia personal sé que podrán seguir usando mis fotos ad infinitum las veces que quieran y yo tendría que estar revisando cada edición de cualquier revista que imprima -Televisa en este caso- para asegurarme que la imágen que usaron lleva mi nombre al lado. Cosa imposible que, además, no es retroactiva, por lo que jamás habría una aclaración. Lo único que finalmente vale legalmente es la posesión del negativo o dapositivo, cosa que actualmente dado el universo global-digital es algo a lo menos anecdótico. La imposibilidad de un respaldo físico hace que los derechos de reproducción pasen directamente al terreno de la metafísica.<br />
Saludos cordiales.</p>
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		<title>By: jorge</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2009/06/15/el-senado-da-luz-verde-a-los-usos-justos-en-chile/comment-page-1/#comment-3128</link>
		<dc:creator>jorge</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 23 Jun 2009 23:38:41 +0000</pubDate>
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		<description>Bueno, yo tengo un Open Corsa que llega a los 170 kilometros por hora (aun cuando no lo crean), pero no por ello me creo el cuento de que la ley me respalda. Al contrario, si me llega un citatorio por alta velocidad, lo pago calladito (y ya me ha pasado alguna vez). Pues lo mismo para nuestro amigo cineteca universitaria, que no tiene una disposición legal que lo respalde hoy en día, así que está conduciendo a 170 en zona de 60. Ojalá no lo paren los pacos. :-)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Bueno, yo tengo un Open Corsa que llega a los 170 kilometros por hora (aun cuando no lo crean), pero no por ello me creo el cuento de que la ley me respalda. Al contrario, si me llega un citatorio por alta velocidad, lo pago calladito (y ya me ha pasado alguna vez). Pues lo mismo para nuestro amigo cineteca universitaria, que no tiene una disposición legal que lo respalde hoy en día, así que está conduciendo a 170 en zona de 60. Ojalá no lo paren los pacos. <img src='http://www.tratojustoparatodos.cl/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':-)' class='wp-smiley' /> </p>
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		<title>By: Claudio Ruiz</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2009/06/15/el-senado-da-luz-verde-a-los-usos-justos-en-chile/comment-page-1/#comment-3083</link>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 22 Jun 2009 16:33:44 +0000</pubDate>
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		<description>Cineteca, la verdad de las cosas es que la ley de propiedad intelectual chilena no cuenta con una excepción que permita hacer lo que señalas. 
Que lo hagan igual, es otra historia, pero en Chile no existe excepción de copia con fines de conservación.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Cineteca, la verdad de las cosas es que la ley de propiedad intelectual chilena no cuenta con una excepción que permita hacer lo que señalas.<br />
Que lo hagan igual, es otra historia, pero en Chile no existe excepción de copia con fines de conservación.</p>
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	<item>
		<title>By: cineteca universitaria</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2009/06/15/el-senado-da-luz-verde-a-los-usos-justos-en-chile/comment-page-1/#comment-3037</link>
		<dc:creator>cineteca universitaria</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 21 Jun 2009 03:00:58 +0000</pubDate>
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		<description>Solo quería aclarar algo que se planteó algunos post atrás y quedó un poco en el aire. 
Nada permite que un archivo (biblioteca, museo, cineteca, etc.) duplique un objeto de arte con exclusivos fines de preservación. Al contrario, la ley lo ampara.
Lo que no está permitido es la explotación, comercialización o exhibición pública sin autorización del titular de esa obra.
Por ende, hacer una fotocopia de un libro en ningún caso se entiende como una &quot;duplicación con fines de preservación&quot;, pero la obtención de duplicados negativos de una película de la que se sabe se perdieron los originales, si se considera con fines de preservación. De ahí a que esos duplicados lleguen a hacerse DVD&#039;s y venderse o regalarse, es otra cosa. Ahí si un archivo fílmico vela por resguardar la obra, y sus derechos.
Hay también un desconocimiento de la labor de archivo que permite este tipo de impresiciones y creo que estos debates ayudan, principalmente en la difusión. No hay que olvidar que esta seudo polémica tiene que ver también con el desconocimiento de la actividad artística, inlcuyendo la actividad documentalista.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Solo quería aclarar algo que se planteó algunos post atrás y quedó un poco en el aire.<br />
Nada permite que un archivo (biblioteca, museo, cineteca, etc.) duplique un objeto de arte con exclusivos fines de preservación. Al contrario, la ley lo ampara.<br />
Lo que no está permitido es la explotación, comercialización o exhibición pública sin autorización del titular de esa obra.<br />
Por ende, hacer una fotocopia de un libro en ningún caso se entiende como una &#8220;duplicación con fines de preservación&#8221;, pero la obtención de duplicados negativos de una película de la que se sabe se perdieron los originales, si se considera con fines de preservación. De ahí a que esos duplicados lleguen a hacerse DVD&#8217;s y venderse o regalarse, es otra cosa. Ahí si un archivo fílmico vela por resguardar la obra, y sus derechos.<br />
Hay también un desconocimiento de la labor de archivo que permite este tipo de impresiciones y creo que estos debates ayudan, principalmente en la difusión. No hay que olvidar que esta seudo polémica tiene que ver también con el desconocimiento de la actividad artística, inlcuyendo la actividad documentalista.</p>
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		<title>By: nespejo</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2009/06/15/el-senado-da-luz-verde-a-los-usos-justos-en-chile/comment-page-1/#comment-2897</link>
		<dc:creator>nespejo</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Jun 2009 00:19:58 +0000</pubDate>
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		<description>me tinca que ahora todo será un &quot;documental&quot;</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>me tinca que ahora todo será un &#8220;documental&#8221;</p>
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		<title>By: Patricia</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2009/06/15/el-senado-da-luz-verde-a-los-usos-justos-en-chile/comment-page-1/#comment-2894</link>
		<dc:creator>Patricia</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jun 2009 23:51:20 +0000</pubDate>
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		<description>Claudio y equipo DD
no alcance a mandarles una foto pero desde el espacio de conexion social.cl /radio tierra y radioneta.cl sabes que  es mas que una gran noticia ...es un tremendo noticion
hay que seguir haciendo análisis (y visible)  sobre lo que implica esta redacción de la norma, y cuenta con ello desde el programa ..
sobre todo ahora hay que seguir difundiendo lo que implica que en nuestro pais por fin se consideren los usos justos y el dominio público como categorias
considerar que la información a través de los nuevos medios y redes, especialmente, no solo son sujeto de considerarse &quot;commodities&quot; sino que son parte de la oportunidad de cambiar nuestros modelos a uno que facilita el intercambio de cultura y conocimiento.
la noticia me llego justo para preparar una defensa del tema en un ensayo por acá en tierras del copyright como Inglaterra pero, donde  los usos justos han sido un punto clave para empezar a flexiblizar y modernizar las viejas regulaciones ...
sigan contando con todo nuestro apoyo
paty peña  /conexionsocial.cl desde London</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Claudio y equipo DD<br />
no alcance a mandarles una foto pero desde el espacio de conexion social.cl /radio tierra y radioneta.cl sabes que  es mas que una gran noticia &#8230;es un tremendo noticion<br />
hay que seguir haciendo análisis (y visible)  sobre lo que implica esta redacción de la norma, y cuenta con ello desde el programa ..<br />
sobre todo ahora hay que seguir difundiendo lo que implica que en nuestro pais por fin se consideren los usos justos y el dominio público como categorias<br />
considerar que la información a través de los nuevos medios y redes, especialmente, no solo son sujeto de considerarse &#8220;commodities&#8221; sino que son parte de la oportunidad de cambiar nuestros modelos a uno que facilita el intercambio de cultura y conocimiento.<br />
la noticia me llego justo para preparar una defensa del tema en un ensayo por acá en tierras del copyright como Inglaterra pero, donde  los usos justos han sido un punto clave para empezar a flexiblizar y modernizar las viejas regulaciones &#8230;<br />
sigan contando con todo nuestro apoyo<br />
paty peña  /conexionsocial.cl desde London</p>
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		<title>By: Exe Montenegro</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2009/06/15/el-senado-da-luz-verde-a-los-usos-justos-en-chile/comment-page-1/#comment-2893</link>
		<dc:creator>Exe Montenegro</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jun 2009 23:46:29 +0000</pubDate>
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		<description>O sea, kedmos en nada, como siempre estos politicos vagos y vendidos hacen cosasa raras con el lexico y dejan todo a la pinta para no kedar mal con la billetera, por Dios ke son cinicos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>O sea, kedmos en nada, como siempre estos politicos vagos y vendidos hacen cosasa raras con el lexico y dejan todo a la pinta para no kedar mal con la billetera, por Dios ke son cinicos</p>
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		<title>By: Carlos Valencia</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2009/06/15/el-senado-da-luz-verde-a-los-usos-justos-en-chile/comment-page-1/#comment-2891</link>
		<dc:creator>Carlos Valencia</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jun 2009 22:04:09 +0000</pubDate>
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		<description>No me queda claro por qué los documentalistas deben tener un trato preferente respecto de los otros oficios u artes. En su primera argumentación  Gonzalo da dos ejemplos: el minuto crucial que captura el documentalista y cuyo rescate debe ser velado y resguardado. Sin embargo, creo que lo mismo pasa con cualquier otro oficio, la mayoría puede argumentar que en un determinado momento captura o crea un pasaje irrepetible que debe resguardar. Lo otro que preocupa a Gonzalo es el anonimato de quien documenta o captura. Pues eso quizás no se resuelve penando el uso, sino motivando una cultura de la cita correcta al autor del material. Y este problema, otra vez, no es exclusivo de los documentalistas.
Sin embargo, por el lado de la ley no me queda claro quién controla que el uso sea justo ¿lo define la ley? ¿hay algún sistema de denuncia en caso contrario?
Saludos
CV</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No me queda claro por qué los documentalistas deben tener un trato preferente respecto de los otros oficios u artes. En su primera argumentación  Gonzalo da dos ejemplos: el minuto crucial que captura el documentalista y cuyo rescate debe ser velado y resguardado. Sin embargo, creo que lo mismo pasa con cualquier otro oficio, la mayoría puede argumentar que en un determinado momento captura o crea un pasaje irrepetible que debe resguardar. Lo otro que preocupa a Gonzalo es el anonimato de quien documenta o captura. Pues eso quizás no se resuelve penando el uso, sino motivando una cultura de la cita correcta al autor del material. Y este problema, otra vez, no es exclusivo de los documentalistas.<br />
Sin embargo, por el lado de la ley no me queda claro quién controla que el uso sea justo ¿lo define la ley? ¿hay algún sistema de denuncia en caso contrario?<br />
Saludos<br />
CV</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: Claudio Ruiz</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2009/06/15/el-senado-da-luz-verde-a-los-usos-justos-en-chile/comment-page-1/#comment-2883</link>
		<dc:creator>Claudio Ruiz</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jun 2009 17:37:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.tratojustoparatodos.cl/?p=1267#comment-2883</guid>
		<description>Gonzalo,

Es verdad que es -de alguna forma- chistoso discutir contigo. En mi caso es me causa gracia porque cada una de las críticas que me haces son precisamente los ejercicios argumentativos que utilizas para tratar de salvar tus puntos, sin contar los extraños giros discursivos que enredan, antes que aclaran tu posición, y no despejan ninguno de los puntos que se discuten.

Estamos hablando de una excepción que permite ciertas utilizaciones menores de obras intelectuales sin mediar permiso del autor, excluyendo a las obras documentales. Y, hasta donde entiendo, has argumentado lo anterior diciendo que se trata de un &#039;asunto de respeto&#039; (?), que estos artistas merecen el control de sus materiales y que dado que los documentalistas son respetuosos del derecho de autor no se amparan (sic) en un uso justo para usar una obra de un tercero sin su consentimiento.

Por mi parte, he argumentado en contra de todas estas afirmaciones sin pirotecnia y diciéndote en la parte final de mi comentario anterior que los más beneficiados con una norma como esta son los propios documentalistas, tal como sucede en otros países donde existen normas análogas a la que se propone. Pero en Chile, sorpresivamente -y acá está el meollo del asunto- los documentalistas (o a lo menos un grupo de ellos) se opone. 

Hoy, cuando un documentalista quiere hacer uso de fragmentos de otro con fines de crítica, parodia o caricatura, sólo lo puede hacer si consigue la autorización del titular que corresponda, lo que en la mayoría de los casos será previo pago de dinero. En el resto de los casos, y sobre todo cuando se trate de documentales críticos con las obras que necesitan utilizar (se me viene a la cabeza alguna película que quiera analizar el rol de TVN en democracia, por ejemplo), simplemente no conseguirán los materiales por negativa de los titulares o por el precio exhorbitante por el que cobran su utilización.

Una norma como esta podría evitar dicho problema permitiendo en el mismo caso al documentalista poder llevar adelante su labor. Sigo sin entender cómo algunos pueden decir que esta norma es una mala noticia para los documentalistas de Chile.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gonzalo,</p>
<p>Es verdad que es -de alguna forma- chistoso discutir contigo. En mi caso es me causa gracia porque cada una de las críticas que me haces son precisamente los ejercicios argumentativos que utilizas para tratar de salvar tus puntos, sin contar los extraños giros discursivos que enredan, antes que aclaran tu posición, y no despejan ninguno de los puntos que se discuten.</p>
<p>Estamos hablando de una excepción que permite ciertas utilizaciones menores de obras intelectuales sin mediar permiso del autor, excluyendo a las obras documentales. Y, hasta donde entiendo, has argumentado lo anterior diciendo que se trata de un &#8216;asunto de respeto&#8217; (?), que estos artistas merecen el control de sus materiales y que dado que los documentalistas son respetuosos del derecho de autor no se amparan (sic) en un uso justo para usar una obra de un tercero sin su consentimiento.</p>
<p>Por mi parte, he argumentado en contra de todas estas afirmaciones sin pirotecnia y diciéndote en la parte final de mi comentario anterior que los más beneficiados con una norma como esta son los propios documentalistas, tal como sucede en otros países donde existen normas análogas a la que se propone. Pero en Chile, sorpresivamente -y acá está el meollo del asunto- los documentalistas (o a lo menos un grupo de ellos) se opone. </p>
<p>Hoy, cuando un documentalista quiere hacer uso de fragmentos de otro con fines de crítica, parodia o caricatura, sólo lo puede hacer si consigue la autorización del titular que corresponda, lo que en la mayoría de los casos será previo pago de dinero. En el resto de los casos, y sobre todo cuando se trate de documentales críticos con las obras que necesitan utilizar (se me viene a la cabeza alguna película que quiera analizar el rol de TVN en democracia, por ejemplo), simplemente no conseguirán los materiales por negativa de los titulares o por el precio exhorbitante por el que cobran su utilización.</p>
<p>Una norma como esta podría evitar dicho problema permitiendo en el mismo caso al documentalista poder llevar adelante su labor. Sigo sin entender cómo algunos pueden decir que esta norma es una mala noticia para los documentalistas de Chile.</p>
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	<item>
		<title>By: Fernando</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2009/06/15/el-senado-da-luz-verde-a-los-usos-justos-en-chile/comment-page-1/#comment-2880</link>
		<dc:creator>Fernando</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jun 2009 14:24:26 +0000</pubDate>
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		<description>En realidad, no es la redacción más feliz.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En realidad, no es la redacción más feliz.</p>
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