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	<title>Comments on: El copyright ¿protector o barrera de la creatividad?</title>
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	<description>el derecho de autor y la cultura son asuntos de todos, no de algunos</description>
	<lastBuildDate>Thu, 12 May 2011 02:41:15 +0000</lastBuildDate>
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		<title>By: Enrique León</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/12/12/el-copyright-%c2%bfprotector-o-barrera-de-la-creatividad/comment-page-1/#comment-622</link>
		<dc:creator>Enrique León</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Dec 2008 16:07:30 +0000</pubDate>
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		<description>Juan Pablo:

El proyecto no elimina los usos justos. Sólo se solicitó que se rechazara el tema del Fair Use y el de la excepción para &quot;establecimientos comerciales pequeños&quot;, ya que la extensión del local no tiene nada que ver con la utilización de música ni con los ingresos del local (el Liguria y el Club La Feria son &quot;establecimientos comerciales pequeños&quot;). Y respecto de los otros usos justos, que siguen en discusión, sólo se solicitó un cambio de posición dentro de la ley, porque confundía el tema de las excepciones al derecho de autor con los derechos conexos, pero aparte de estar ubicados en otro artículo de la ley, siguen en discusión.

Saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Juan Pablo:</p>
<p>El proyecto no elimina los usos justos. Sólo se solicitó que se rechazara el tema del Fair Use y el de la excepción para &#8220;establecimientos comerciales pequeños&#8221;, ya que la extensión del local no tiene nada que ver con la utilización de música ni con los ingresos del local (el Liguria y el Club La Feria son &#8220;establecimientos comerciales pequeños&#8221;). Y respecto de los otros usos justos, que siguen en discusión, sólo se solicitó un cambio de posición dentro de la ley, porque confundía el tema de las excepciones al derecho de autor con los derechos conexos, pero aparte de estar ubicados en otro artículo de la ley, siguen en discusión.</p>
<p>Saludos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: EL BEAT DEL TAMBOR</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/12/12/el-copyright-%c2%bfprotector-o-barrera-de-la-creatividad/comment-page-1/#comment-620</link>
		<dc:creator>EL BEAT DEL TAMBOR</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Dec 2008 15:53:13 +0000</pubDate>
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		<description>usted sabe a que me refiero sr. León,... usted sabe</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>usted sabe a que me refiero sr. León,&#8230; usted sabe</p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: Juan Pablo Fernández</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/12/12/el-copyright-%c2%bfprotector-o-barrera-de-la-creatividad/comment-page-1/#comment-618</link>
		<dc:creator>Juan Pablo Fernández</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Dec 2008 15:00:27 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.tratojustoparatodos.cl/?p=818#comment-618</guid>
		<description>@Enrique:

Respecto de tu respuesta 1, me queda claro. Pero, corríjanme si me equivoco, estoy seguro que si la ley determina que algo es lisa y llanamente ilegal, es bien dificil que luego un juez lo determine legal y uso justo ¿no? Y el punto de esto es eso, el acuerdo de la SCD y el gobierno propone una ley que elimine los usos justos y por lo tanto, serán ilegales.

La mejor para esta ley es contemplar mas excepciones y usos justos. Totalmente de acuerdo, pero esa postura es algo nuevo en estos debates. Nunca habías dicho eso y por cierto que habías criticado bastante esa postura. Pero si cambiaste de opinión, perfecto.

En todo caso, eso de que el fair use provoca tantos conflictos y enrredos como dices, no me parece algo propio del fair use. Me parece más bien un juicio bien personal tuyo y nada más.

Sobre tu respuesta 2, para nada, no me contradigo en lo absoluto. Girl Talk, Danger Mouse, el peer to peer (napster, torrent, emule, etc etc etc), uploads de material protegido a youtube, libros escaneados, softwares hackeados y mejorados, etc etc etc. Todos esos desarrollos de la cultura, en tantas areas han funcionado dentro de la ilegalidad. Que hayan logrado desarrollarse no quita PARA NADA el hecho de que la ley los haya frenado. Si no los hubiera frenado, podrían haberse desarrollado más, de eso no cabe duda alguna.

Por último, si el derecho de autor no se modifica con esta ley, no entiendo que visión tienes de ese tema. La ley de propiedad intelectual por cierto que tiene que ver. No conozco detalles como para saber si abarca todo el funcionamiento del derecho de autor, pero claro que es parte esencial de el.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>@Enrique:</p>
<p>Respecto de tu respuesta 1, me queda claro. Pero, corríjanme si me equivoco, estoy seguro que si la ley determina que algo es lisa y llanamente ilegal, es bien dificil que luego un juez lo determine legal y uso justo ¿no? Y el punto de esto es eso, el acuerdo de la SCD y el gobierno propone una ley que elimine los usos justos y por lo tanto, serán ilegales.</p>
<p>La mejor para esta ley es contemplar mas excepciones y usos justos. Totalmente de acuerdo, pero esa postura es algo nuevo en estos debates. Nunca habías dicho eso y por cierto que habías criticado bastante esa postura. Pero si cambiaste de opinión, perfecto.</p>
<p>En todo caso, eso de que el fair use provoca tantos conflictos y enrredos como dices, no me parece algo propio del fair use. Me parece más bien un juicio bien personal tuyo y nada más.</p>
<p>Sobre tu respuesta 2, para nada, no me contradigo en lo absoluto. Girl Talk, Danger Mouse, el peer to peer (napster, torrent, emule, etc etc etc), uploads de material protegido a youtube, libros escaneados, softwares hackeados y mejorados, etc etc etc. Todos esos desarrollos de la cultura, en tantas areas han funcionado dentro de la ilegalidad. Que hayan logrado desarrollarse no quita PARA NADA el hecho de que la ley los haya frenado. Si no los hubiera frenado, podrían haberse desarrollado más, de eso no cabe duda alguna.</p>
<p>Por último, si el derecho de autor no se modifica con esta ley, no entiendo que visión tienes de ese tema. La ley de propiedad intelectual por cierto que tiene que ver. No conozco detalles como para saber si abarca todo el funcionamiento del derecho de autor, pero claro que es parte esencial de el.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: Enrique León</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/12/12/el-copyright-%c2%bfprotector-o-barrera-de-la-creatividad/comment-page-1/#comment-617</link>
		<dc:creator>Enrique León</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Dec 2008 14:42:33 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.tratojustoparatodos.cl/?p=818#comment-617</guid>
		<description>Nespejo:

La copia privada ni siquiera se menciona en la legislación chilena (menos aún el peer to peer). En los países donde se regula la copia privada existe el canon que acá ni siquiera se ha propuesto. A eso me refería.

En todo caso, el problema de internet es mucho más que el peer to peer. También esta youtube, las descargas de libros, fotografías y un largo etc.

Saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Nespejo:</p>
<p>La copia privada ni siquiera se menciona en la legislación chilena (menos aún el peer to peer). En los países donde se regula la copia privada existe el canon que acá ni siquiera se ha propuesto. A eso me refería.</p>
<p>En todo caso, el problema de internet es mucho más que el peer to peer. También esta youtube, las descargas de libros, fotografías y un largo etc.</p>
<p>Saludos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: Enrique León</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/12/12/el-copyright-%c2%bfprotector-o-barrera-de-la-creatividad/comment-page-1/#comment-616</link>
		<dc:creator>Enrique León</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Dec 2008 14:39:54 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.tratojustoparatodos.cl/?p=818#comment-616</guid>
		<description>Beat del Tambor:

Me refería al tema de la propiedad privada. Hasta los países socialistas tienen un estatuto de derecho de autor similar.

Le daré tus saludos al ex técnico de Real Madrid cuando lo vea.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Beat del Tambor:</p>
<p>Me refería al tema de la propiedad privada. Hasta los países socialistas tienen un estatuto de derecho de autor similar.</p>
<p>Le daré tus saludos al ex técnico de Real Madrid cuando lo vea.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: EL BEAT DEL TAMBOR</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/12/12/el-copyright-%c2%bfprotector-o-barrera-de-la-creatividad/comment-page-1/#comment-615</link>
		<dc:creator>EL BEAT DEL TAMBOR</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Dec 2008 14:05:23 +0000</pubDate>
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		<description>Dice el Sr. León: 
&quot;Por lo demás, todos los países, TODOS (hasta Cuba)...&quot;

Algo en contra de los cubanos...?

Saludos al Sr. Shuster</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Dice el Sr. León:<br />
&#8220;Por lo demás, todos los países, TODOS (hasta Cuba)&#8230;&#8221;</p>
<p>Algo en contra de los cubanos&#8230;?</p>
<p>Saludos al Sr. Shuster</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: Enrique León</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/12/12/el-copyright-%c2%bfprotector-o-barrera-de-la-creatividad/comment-page-1/#comment-614</link>
		<dc:creator>Enrique León</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Dec 2008 13:22:29 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.tratojustoparatodos.cl/?p=818#comment-614</guid>
		<description>Juan Pablo:

Respecto del punto 1. El Fair Use es uno de los sistemas para regular las excepciones en el derecho de autor, que le otorga una pauta abierta a los jueces para que estos decidan caso a caso qué es un &quot;uso justo&quot; (no autorizado) y qué no. En otras legislaciones existen figuras parecidas, pero el Fair Use es exclusivo de EE.UU. El problema es que en EE.UU. las decisiones judiciales tienen efectos generales, generan un &quot;precedente&quot; que es obligatorio para futuras decisiones análogas (a menos que la Corte Suprema revoque el precedente, o que un tribunal tenga muy buenos argumentos para apartarse del precedente). Por lo tanto, en definitiva todos los usos justos se van determinando por los jueces, entonces en definitiva los usos justos no están determinados por la pauta, sino por todas las decisiones judiciales en que se haya invocado y aplicado (y por tanto concretizado el Fair Use).

En Chile, la decisión de un juez sólo es obligatoria para el caso concreto. La Corte Suprema puede decidir algo y al día siguiente un juez de letras puede resolver lo contrario sin tener impedimento institucional para hacerlo. Una norma como el Fair Use en Chile significaría dejar el derecho de autor al criterio de los jueces de letras (y ojo, que en definitiva, y dependiendo del juez, puede resultar aún más restrictivo que el sistema actual). 

Y bueno, esto no significa que no pueda adoptarse ninguno de los criterios del Fair Use en Chile. Pero &quot;traducir&quot; la norma e incorporarla a la ley dejaría en el limbo los derechos de autor.

Por otra parte, en lo personal no veo el problema de un listado de excepciones más amplio, acotado y especificado caso a caso. Y si te fijas, las demandas más ridículas por temas de uso no autorizado son todas de EE.UU., como &quot;a ver quien gana&quot; con la retórica del Fair Use.

Respecto del punto 2. Concuerdo contigo en lo que respecta al desarrollo del arte y la tecnología, pero me parece que te contradices, porque entonces ¿cómo es que ha llegado a desarrollarse el arte y la tecnología con una legislación tan retrógrada como la que tenemos? Si el objetivo del derecho de autor es frenar el progreso y la creatividad, ¿entonces cómo es que éstos siguen imponiéndose pese a todo? En verdad no creo que la importancia del derecho de autor sea tan trascendental como para eso. Por lo demás, todos los países, TODOS (hasta Cuba) tienen un estatuto de derechos de autor más o menos similar, y sin embargo existen muchos países (muchos de los cuales no nos llevan la ventaja en términos macroeconómicos) con desarrollo de tecnología y creatividad muy superiores a Chile. Creo que la cosa va por otro lado. 

Y bueno, si el tema es abolir o transformar el estatuto de los derechos de autor, es otro tema mucho más complicado que el de una simple ley. No creo que deba durar para siempre y espero que se cree algo mejor. Supogno que el día que el derecho deje de evolucionar mejor nos quedamos todos en la casa. Es un tema muy interesante, pero eso si que requiere más de lo que puedo exponer aquí.

Saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Juan Pablo:</p>
<p>Respecto del punto 1. El Fair Use es uno de los sistemas para regular las excepciones en el derecho de autor, que le otorga una pauta abierta a los jueces para que estos decidan caso a caso qué es un &#8220;uso justo&#8221; (no autorizado) y qué no. En otras legislaciones existen figuras parecidas, pero el Fair Use es exclusivo de EE.UU. El problema es que en EE.UU. las decisiones judiciales tienen efectos generales, generan un &#8220;precedente&#8221; que es obligatorio para futuras decisiones análogas (a menos que la Corte Suprema revoque el precedente, o que un tribunal tenga muy buenos argumentos para apartarse del precedente). Por lo tanto, en definitiva todos los usos justos se van determinando por los jueces, entonces en definitiva los usos justos no están determinados por la pauta, sino por todas las decisiones judiciales en que se haya invocado y aplicado (y por tanto concretizado el Fair Use).</p>
<p>En Chile, la decisión de un juez sólo es obligatoria para el caso concreto. La Corte Suprema puede decidir algo y al día siguiente un juez de letras puede resolver lo contrario sin tener impedimento institucional para hacerlo. Una norma como el Fair Use en Chile significaría dejar el derecho de autor al criterio de los jueces de letras (y ojo, que en definitiva, y dependiendo del juez, puede resultar aún más restrictivo que el sistema actual). </p>
<p>Y bueno, esto no significa que no pueda adoptarse ninguno de los criterios del Fair Use en Chile. Pero &#8220;traducir&#8221; la norma e incorporarla a la ley dejaría en el limbo los derechos de autor.</p>
<p>Por otra parte, en lo personal no veo el problema de un listado de excepciones más amplio, acotado y especificado caso a caso. Y si te fijas, las demandas más ridículas por temas de uso no autorizado son todas de EE.UU., como &#8220;a ver quien gana&#8221; con la retórica del Fair Use.</p>
<p>Respecto del punto 2. Concuerdo contigo en lo que respecta al desarrollo del arte y la tecnología, pero me parece que te contradices, porque entonces ¿cómo es que ha llegado a desarrollarse el arte y la tecnología con una legislación tan retrógrada como la que tenemos? Si el objetivo del derecho de autor es frenar el progreso y la creatividad, ¿entonces cómo es que éstos siguen imponiéndose pese a todo? En verdad no creo que la importancia del derecho de autor sea tan trascendental como para eso. Por lo demás, todos los países, TODOS (hasta Cuba) tienen un estatuto de derechos de autor más o menos similar, y sin embargo existen muchos países (muchos de los cuales no nos llevan la ventaja en términos macroeconómicos) con desarrollo de tecnología y creatividad muy superiores a Chile. Creo que la cosa va por otro lado. </p>
<p>Y bueno, si el tema es abolir o transformar el estatuto de los derechos de autor, es otro tema mucho más complicado que el de una simple ley. No creo que deba durar para siempre y espero que se cree algo mejor. Supogno que el día que el derecho deje de evolucionar mejor nos quedamos todos en la casa. Es un tema muy interesante, pero eso si que requiere más de lo que puedo exponer aquí.</p>
<p>Saludos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: nespejo</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/12/12/el-copyright-%c2%bfprotector-o-barrera-de-la-creatividad/comment-page-1/#comment-613</link>
		<dc:creator>nespejo</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Dec 2008 02:35:07 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.tratojustoparatodos.cl/?p=818#comment-613</guid>
		<description>Hola Enrique,

Tengo una duda con respecto a tu comentario:

&quot;Por lo demás, si el tema fuera demandar a los usuarios, ya se podría haber hecho desde hace mucho tiempo, ya que estos no son irresponsables (como sí son los ISP).&quot;

En alguna ocasión te pregunté: Dado que en Chile el derecho a copia privada no está prohibido (i.e. está permitido), y las redes p2p es intercambio entre privados para uso privado (aunque sean desconocidos) en Chile no habría problemas ???

Y tu respuesta fue:

&quot;Efectivamente.&quot;

&quot;..Jamás nadie ha hablado de demandar a usuarios, ni menos de cortar conexiones..&quot;

Me gustaría que me explicaras cómo si se permite el derecho a copia privada, estaría prohibido ejercerlo a partir de otras copias privadas.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Enrique,</p>
<p>Tengo una duda con respecto a tu comentario:</p>
<p>&#8220;Por lo demás, si el tema fuera demandar a los usuarios, ya se podría haber hecho desde hace mucho tiempo, ya que estos no son irresponsables (como sí son los ISP).&#8221;</p>
<p>En alguna ocasión te pregunté: Dado que en Chile el derecho a copia privada no está prohibido (i.e. está permitido), y las redes p2p es intercambio entre privados para uso privado (aunque sean desconocidos) en Chile no habría problemas ???</p>
<p>Y tu respuesta fue:</p>
<p>&#8220;Efectivamente.&#8221;</p>
<p>&#8220;..Jamás nadie ha hablado de demandar a usuarios, ni menos de cortar conexiones..&#8221;</p>
<p>Me gustaría que me explicaras cómo si se permite el derecho a copia privada, estaría prohibido ejercerlo a partir de otras copias privadas.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: Juan Pablo Fernández</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/12/12/el-copyright-%c2%bfprotector-o-barrera-de-la-creatividad/comment-page-1/#comment-612</link>
		<dc:creator>Juan Pablo Fernández</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Dec 2008 23:01:49 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.tratojustoparatodos.cl/?p=818#comment-612</guid>
		<description>@Enrique

Vamos al grano. El punto que más me interesa a mi el la aplicación de este asunto al desarrollo de la educación y la innovación en la creatividad -sobre todo en el desarrollo del arte y el de la tecnología-, por lo tanto:

1. Me gustaría mucho que me expliques de manera más clara tu visión del fair use, que tantos problemas trae segun tu. La he leído varias veces y he coincidido con mucha gente en que no la entendemos. Me imagino que ahí hay algo que aclarar.

y 2. Una pregunta de varias partes: A mi parecer hay un desarrollo poderosísimo del arte y de la tecnología en base a usos que el derecho de autor actual no solo no contempla sino que define como ilegales a todas luces. Quisiera saber en qué te basas tu para defender el modelo actual del derecho de autor ¿por qué defiendes esa forma determinada si todos sabemos que su valor natural no existe y que es una herramienta inventada hace, si no me equivoco, pocazos siglos? Es decir, perfectamente puede ser una forma de regulación obsoleta, no? ¿O tu crees que se mantendrá vigente para siempre? Evidentemente fue muy util para la era analogica, y sigue siendo util para algunos creadores, pero es totalmente inútil para un desarrollo creativo que sin duda tiene mucho valor ¿por qué no contemplar ese valor dentro de la ley para que facilitar en vez de entorpecer su desarrollo?

Y una aclaración: si no trabajas en la SCD, lamento el malentendido. Ninguno de nosotros en TJPT, incluido claudio y todos los de DD, estamos interesados en achacarle a nadie cosas que no le corresponden.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>@Enrique</p>
<p>Vamos al grano. El punto que más me interesa a mi el la aplicación de este asunto al desarrollo de la educación y la innovación en la creatividad -sobre todo en el desarrollo del arte y el de la tecnología-, por lo tanto:</p>
<p>1. Me gustaría mucho que me expliques de manera más clara tu visión del fair use, que tantos problemas trae segun tu. La he leído varias veces y he coincidido con mucha gente en que no la entendemos. Me imagino que ahí hay algo que aclarar.</p>
<p>y 2. Una pregunta de varias partes: A mi parecer hay un desarrollo poderosísimo del arte y de la tecnología en base a usos que el derecho de autor actual no solo no contempla sino que define como ilegales a todas luces. Quisiera saber en qué te basas tu para defender el modelo actual del derecho de autor ¿por qué defiendes esa forma determinada si todos sabemos que su valor natural no existe y que es una herramienta inventada hace, si no me equivoco, pocazos siglos? Es decir, perfectamente puede ser una forma de regulación obsoleta, no? ¿O tu crees que se mantendrá vigente para siempre? Evidentemente fue muy util para la era analogica, y sigue siendo util para algunos creadores, pero es totalmente inútil para un desarrollo creativo que sin duda tiene mucho valor ¿por qué no contemplar ese valor dentro de la ley para que facilitar en vez de entorpecer su desarrollo?</p>
<p>Y una aclaración: si no trabajas en la SCD, lamento el malentendido. Ninguno de nosotros en TJPT, incluido claudio y todos los de DD, estamos interesados en achacarle a nadie cosas que no le corresponden.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>By: Enrique León</title>
		<link>http://www.tratojustoparatodos.cl/2008/12/12/el-copyright-%c2%bfprotector-o-barrera-de-la-creatividad/comment-page-1/#comment-611</link>
		<dc:creator>Enrique León</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Dec 2008 16:45:22 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.tratojustoparatodos.cl/?p=818#comment-611</guid>
		<description>Por si no quedó claro, si se estableciera la responsabilidad de los ISP en la ley y fuera esta determinada por los tribunales, sería inviable una demanda a los usuarios particulares por un tema de enriquecimiento sin causa. En todo caso, aún en la legislación actual, jamás se ha demandado a un usuario por descargar música ilegal, a pesar de que las herramientas jurídicas existen.

Ahora, si el tema no es la responsabilidad de los ISP, si quieres me preguntas sobre otros puntos de la ley y compartimos opiniones al respecto.

Saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Por si no quedó claro, si se estableciera la responsabilidad de los ISP en la ley y fuera esta determinada por los tribunales, sería inviable una demanda a los usuarios particulares por un tema de enriquecimiento sin causa. En todo caso, aún en la legislación actual, jamás se ha demandado a un usuario por descargar música ilegal, a pesar de que las herramientas jurídicas existen.</p>
<p>Ahora, si el tema no es la responsabilidad de los ISP, si quieres me preguntas sobre otros puntos de la ley y compartimos opiniones al respecto.</p>
<p>Saludos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
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