Viera Gallo habla en El Mercurio sobre acuerdo UNA/SCD – Gobierno

- fotoCC@Comearrozshaufunk ★

El Mercurio sacó una nota sobre la polémica alrededor de las modificaciones de la Ley de Propiedad Intelectual. En ella se relata brevemente la historia desde cómo se gestaron las modificaciones, el acuerdo UNA/SCD con el Gobierno y la posterior bajada de la mayoría de los integrantes de la mesa técnica convocada por el Senado, al considerar este acuerdo como una falta de transparencia del proceso.
Lo interesante, además, es que hay una entrevista con el ministro Viera Gallo con respecto al acuerdo que su Gobierno hizo con la UNA/SCD. Para éste, el reconocido y criticado régimen presidencialista en la iniciativa legislativa de nuestro país es, digamos, un antecedente sin importancia:
Reitera que lo que se esá buscando es mantener el más amplio derecho de los usuarios al libre acceso a la cultura y a sus bienes, pero también resguardar el derecho de autor de los creadores. El problema ahí es encontrar un equilibrio.
La SCD alega que están dañando sus intereses. ¿Qué importa más, el interés de un sector o el bien común?
“Eso es algo que va a tener que discutir el Parlamento. Nosotros manifestamos un punto de vista.
¿El acuerdo no impone?
No. Es un acuerdo entre SCD y el Gobierno respecto de algunas indicaciones. Después cómo votan los senadores… eso ya es … “El Gobierno va a plantear su punto de vista; ojalá que tenga peso, pero el Gobierno no vota”.
Con estas declaraciones, suponemos que si el Gobierno no asume la protección del bien común, debemos cifrar todas nuestras esperanzas en que lo haga el Congreso. Al parecer, ya no queda otra.
Las cosas claras 


Mal mal
tenemos que ponernos las pilas
sigamos sacando TRATO JUSTO PARA TODOS de internet, sigamos llevándola a la tele, a la radio, al diario, y todos peguemonos los stickers en la frente
Leí las 2 cosas de El Mercurio. La nota sobre la discusión termina así: “El tema de fondo es cómo vamos a regular en Chile la remuneración de los autores en el mundo digital”, firmado por Rodrigo Velasco, abogado y músico.
Yo pienso que CIERTAMENTE ese NO es el tema de fondo. El tema de fondo es entender que las creaciones de las personas le sirven a otras personas y no puede ser que la cosa sea tan cerrada que haya que pedir permiso y pagar para todos sus usos.
Las obras de los autores no son “unica y exclusivamente de ellos”, sino que también son parte de un flujo cultural, y como tales, deben ser accesibles para todos. No puede ser que estos tipos estén tan atontados que no le quieran pasar sus obras a nadie para nada sin que les paguen. Ese egoísmo me parece nefasto, profundamente nefasto.
No solo uno debe hacerlo para aportar al desarrollo, uno tiene la obligación de hacerlo como ciudadano decente que tiene algo de interés en aportar, una pizca de generosidad y, denuevo, decencia.
JP, la lógica indica que si tú quieres ocupar el trabajo de otro para lucrar, debes pagar el costo.
Asimismo, si tu quieres ocupar una obra sin ánimo de lucro, debes estar autorizado para ocupar la obra. Muchos no tienen problema en otorgarte ese permiso, es cosa de ir y preguntarle.
Pero bueno, ya que retomaron el tema del acuerdo SCD/UNA y Gobierno, les presento un artículo explicativo que hice con respecto a este tema.
Vayan, léanlo y guárdense sus comentarios o divúlguenlos en la red.
Los 7 pecados capitales de los músicos. (Copia estas ideas)
Es sano aportar…después de la histeria.
Off Topic:
Hoy es 14/Noviembre ¿Por qué mi post dice 13/11/2008?
¿Será porque el CMS que ocupan es gratuito y por eso no pueden hacer nada?
Yo que ustedes compro un buen CMS y reclamo y exijo calidad.
No dejen de leer esto del Sr. tejeda
http://juanguillermotejeda.wordpress.com/2008/11/17/pensamiento-lumpen/
Al parecer algunos entendieron por fin cómo se dictan las leyes, y la impropiedad de hablar de una “Ley SCD”.
Lo que más me llama la atención en todo caso es que el “acuerdo secreto” lo bajaron del blog trato justo… qué acuerdo más secreto!
Saludos
A JP:
La realidad (lamentable quizá) es que el derecho nos garantiza la libertad para poder ser egoístas si así lo deseamos. Si queremos compartir lo nuestro con todo el mundo, ningún problema. Pero esa decisión queda a nuestro arbitrio. Quizá tu también podrías regalar tu trabajo, pero ¿te parece justo que te obliguen a hacerlo?
Saludos.
se refiere a la entrada de juan guillermo tejeda en el blog Trato Justo Artistas, que contaba sobre la reunión con el gobierno y que bajó unos minutos después de publicarla? ahhhhh, bajó la entrada porque era pública, claro…
te parece justo que te obliguen a pagar más por la banda ancha si no bajas material supuestamente protegido por copyright? te parece justo que se sacrifique la privacidad de las personas por ese fin? te parece justo que tengas que pagar más por la banda ancha cuando bajas música legalmente por iTunes? en serio te parece justo?
Vivi:
¿La SCD está obligada a publicar en un blog sus conversaciones con el Gobierno en el marco de un proyecto de ley? ¿En serio? No tenía idea. Yo pensaba que la publicidad de un documento debía estar establecida por ley.
Todos los días se aprende algo nuevo con los legos. Gracias por estimular la imaginación jurídica.
Saludos Vivi.
ya, pero si el acuerdo solo lo conocen la SCD/UNA y el gobierno, cómo le llamamos a eso? la gente ya ha juzgado.
una fineza su discurso profesional segregador. con eso pucha que han identificado a la gente que como yo no hemos podido tener su educación.
Nadie pretende que paguen más por la Banda Ancha, salvo los ISP. Lo que se pretende es que los intermediarios (que se enriquecen a costa de los autores) sean los que paguen. Si ellos traspasan el costo a los usuarios, allá ellos y la culpa no es de los autores. Infórmate sobre cómo es en países civilizados.
Gracias por lo de fineza, pero no es un discurso profesional segregador, sólo advertirle que podría informarse un poco mejor (esto es, con la visión de todas las partes, como corresponde) antes de hablar sinsentidos. Lo del “acuerdo secreto” no es más que un invento para generar polvo en la prensa.
Saludos.
es que busqué en el blog de los artistas información y la verdad no encontré nada convincente. pero están tan cerrados con ese blog que cuando uno pide información te atacan o te tiran términos de abogados, como si fuera mucha molestia tomarse tiempo para explicar a los ciudadanos que no tenemos su educación, para ustedes todos son enemigos y da lata.
Te doy la chance ahora, pregúntame lo que quieras y respondo sin tecnicismos.
Saludos.
Por lo pronto, puedes ingresar a este link:
http://www.tratojustoartistas.cl/que-no-se-evaporen-los-derechos-de-los-creadores/
Saludos
Please, Vivi… has un buen uso de la oportunidad única que nos brinda Enrique… quien hará las veces de vocero de UNA/SCD, respondiendo por primera y última ocasión una pregunta de la audiencia en relación al repudiado acuerdo.
Valoramos enormemente tu capacidad de diálogo Enrique… el día que quieras conversar seriamente nos lo dices.
Hola Enrique, quiero hacerte unas preguntas:
1- ¿Tengo que pagar a la SCD para registrar una obra?, si es así, ¿Porque tengo que pagarles?
2- ¿La nueva ley que pretende la UNA contempla a los usuarios que bajan música pagada (ej: iTunes), por la supuesta alza de precios de Internet?, ¿Cual es su visión en ese ámbito?
3- Si hago una tocata, aparte de pagar por amplificacion, al local y a la gente, ¿Tendré que pagarles a uds. tb?
4- ¿Quien se queda con la plata que paga el Pub que pone música con copyright?
5- ¿Porque no quieren permitir la renuncia del derecho de autor?¿Que pasa si yo quiero regalar mi obra al dominio público?
6- “A las ONG le molesta que la SCD pida que el gobierno cumpla lo pactado” … Pero, ¿Porqué la SCD hizo un trato secreto con el gobierno (la Ministra Presidenta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, Paulina Urrutia y muchas otras personas lo admiten), dejándo de lado a las demás partes?¿No es eso velar sólo por sus propios intereses?
7- “En la actualidad la SCD cobra un precio fijo y común a determinados entes que utilizan música en sus actividades. Por ejemplo un Pub paga una cuota fija por colocar toda la música que quiera en su local.
Lo que quiere la contraparte es que esto cambie y que la SCD no cobre “presumiendo” que estos entes tocan música de sus representados, y quieren que comprueben en terreno el uso efectivo de las obras.
A primera vista resulta lógico y sano, pero a segunda vista resulta ridículo e impracticable. ¿Podrá la SCD tener control de lo que suena todos los días y a cada minuto en cada Pub, Shopería, Mall, Discoteque, Radioemisoras, etc. de todo Chile, para poder cobrar?.
Imagínese usted los costos que debería asumir la SCD para hacer efectiva esta solicitud contratando fiscalizadores. Ahora, con un mínimo de economía, y asumiendo que se tenga que comprobar el uso efectivo: ¿Quién va asumir el cargo de estos costos? – Obviamente que la SCD no perderá dinero y tendrá que subir sus tarifas a estos locales comerciales. Y es más, ahora cuestiónese el beneficio económico que le traería a la SCD cobrar por cada canción ejecutada en todo Chile, a cada minuto, ¿No le estarán haciendo un favor a la SCD con estas iniciativas y perjudicando a la sociedad?” … referente a este texto, ¿Tú crees que las ISP no pasarán los costos a los usuarios de Internet, cuando a ellas se les cobre el “cannon” que la SCD posría imponer?¿La SCD es una institución sin fines de lucro?¿Quieren controlar Internet?
Saludos.
Hola Enrique,
“Infórmate sobre cómo es en países civilizados.”
Por favor, sé más preciso e ilustrame!!
Saludos,
nespejo.
Enrique León
Como Gato de espaldas diría yo… lo que hay que hacer pa ganarse unas luquitas no Enrique?. Luquitas de la SCD, claro está.
A Adán García:
No es primera ni última vez, si ingresas en otros foros te darás cuenta de que contesto todo lo que me pregunten y que esté dentro de mi ámbito de conocimiento.
Y lo hago seriamente.
Saludos
A Ariel Moncada:
Trataré de responder lo más claramente posible a tus preguntas:
1. La SCD no registra obra alguna. Sólo se encarga de la gestión de comunicación pública de música (esto es, paga a los autores una remuneración por cada vez que alguna obra de su autoría es comunicada al público). Para registrar una obra, esto se realiza en el Registro de Propiedad Intelectual, el cual no tiene nada que ver con SCD.
2. La nueva ley no la pretende la “UNA”, de hecho ésta fue concebida sin escuchar a agrupación alguna de artistas, y cuando éstos hicieron sentir su voz y plantearon sus demandas al gobierno las otras partes interesadas (ISP) pusieron el grito en el cielo y empezaron a inventar esas cosas del “acuerdo secreto” y todo eso. Respecto de la música efectivamente pagada que se baja por internet, ésta representa, según estimaciones, cerca del 1 o 2% del total de música bajada, por lo que difícilmente puede ser tomado en consideración (al menos en igualdad de condiciones respecto de la música descargada ilegalmente) al momento de legislar. En todo caso, supongo que es un punto que pesará al momento de establecer las tarifas a los ISP.
3. En primer lugar, no entiendo a que te refieres con “ustedes”. En lo personal trabajo en el Centro de Estudios de Propiedad Intelectual y ni idea de los criterios de SCD en cuanto al cobro. En cuanto al fondo, es difícil de contestar, pero en términos básicos no debes pagar si un grupo toca su propia música en vivo, a menos que interprete temas ajenos, caso en que sí debes hacerlo.
4. Todo el dinero va a los autores e intérpretes representados, nacionales o extranjeros (a través de convenios con sociedades análogas del país respectivo)
5. No es así. Cada uno puede renunciar a su derecho en cada caso particular y eso es imposible prohibirlo. Lo que sí se quiere impedir es que dicha renuncia pueda ser eventualmente ETERNA E IRREVOCABLE. Tu puedes ceder tus derechos en un caso particular, pero ¿qué ocurre si firmas un contrato con un sello y te hacen firmar una cláusula de cesión irrevocable de derechos? ¿qué ocurre si después te arrepientes? Eso es lo que se pretende impedir.
6. De secreto, el trato no tuvo nada (hasta el punto que salió publicado en el blog de los artistas). Fue un invento más de quienes han llevado esta campaña de desinformación hasta el delirio. La agrupación de artistas estuvo en conversaciones con el Gobierno, es cierto, como también lo hicieron lobbistas de los ISP. Así funciona el lobby y ocurre con todas las leyes que se presentan al parlamento. Sea esto bueno o malo, es otro asunto, pero todos lo hacen.
7. Las eventuales demandas a los ISP no tienen nada que ver con el canon, el cual se cobra directamente a los usuarios. Ahora, si los ISP quieren traspasar el costo a los usuarios, eso no se llama canon sino externalización del costo. En el fondo, cuando pagas tu conexión a internet, estás pagando los sueldos de los gerentes, la publicidad, el marketing y un largo etcétera, lo cual te lo incluyen en el precio final. La descarga de música es un insumo más para ellos. ¿Porqué tendría que ser distinto?
Espero haber sido claro.
Muchos saludos.
Y ahora, un breve momento para contestar la ironía de octavo básico de un sujeto que oculta su nombre:
Nespejo:
Para ser más preciso e ilustrar tu infinita ignorancia, en los países de la Unión Europea donde hay tantas excepciones al derecho de autor, tantos usos justos y tantas otras cosas que han pedido las “agrupaciones de usuarios de internet”, se cobra canon por copia privada y en muchos canon digital. Aquí no quieren pagar un peso pero quieren todas esas excepciones. ¿Nada de tontos, ah?
Saludos “Nespejo”
Para Enrique León:
1. ¿Y por qué habria que pagar siquiera un peso por esas excepciones? ¿Y por qué habría que pagarle a la SCD por eso?
2. Y sobre el otro tema: en primer lugar, el asunto no es que “se regale el trabajo de otros por internet”, es aprovechar posibilidades para el mayor acceso a la información. Nadie quiere que ningun autor deje de crear sus obras, lo que queremos es que sea un poco más facil acceder a ellas. Y nos parece justo que asi sea.
3. En todo caso, yo si “regalo” mi trabajo por internet: http://www.creativecommons.cl/2008/10/28/sure-licencia-cortos-con-creative-commons/ .
Dr. Kaligary:
Así es, como gato de espaldas. Es la única forma de defenderse de ataques cobrades que inventan la mitad de lo que dicen, que emergen de todas partes y que están tan pendientes del tema que resulta bastante curioso su financiamiento. Sólo puedo defenderme como gato de espaldas, le ruego me disculpe por ello.
Y nuevamente, ya que veo que eres algo lentito, trabajo en CESPI.
Saludos amigo
A JP
“¿Y por qué habria que pagar siquiera un peso por esas excepciones?” Porque son excepciones al derecho de autor de los artistas, y requieren esa prestación como contrapartida, no lo digo yo, sino la UE.
Felicitaciones por regalar tu trabajo por internet. Lamentablemente, no todos están dispuestos a hacerlo, y están en su legítimo derecho de no regalar su trabajo.
Saludos.
Gracias Enrique, me ha quedado claro. Hay cosas en las que puedes tener razón. Sorry por lo de “uds.” (preg.3), de hecho pensaba que trabajabas en la SCD.
Sin embargo discrepo con con tu filosofía. Yo hago música y mi única vía de promoción masiva es Internet. Me parece que para ese caso la combinación tecnología, música y Creative Commons es la más adecuada. Creatividad, ante todo.
Internet está trayendo consigo nuevas tendencias, cambios profundos. Los que quieren que no sigamos evolucionando son las personas que les aterra Internet porque no saben aprovecharlo (hablo en especial de los artistas).
Yo encuentro razonable y respetable que algunos artistas exijan lo que consideran como sus derechos. Pero deberíamos tener un consenso, en donde todas las partes tengan algo de representación. En las discusiones nunca (quizás he leído poco ja) he visto que se ponga en la palestra el tema de la gente, como elevamos el nivel cultural y como fomentamos la lectura, la música y las demás artes. No sigamos creando más burocracia en este país, que ya existe mucha y a todos nos molesta en demasía.
Tenemos que tratar de que ganemos todos. Los artistas (a través de la SCD y los que prefieren Creative Commons) y por cierto, la gente, que hace que todo artista se masifique y surja. Trato justo para todos.
Señor Enrique: como se ha comentado (no sólo por quienes redactan en los blogs, sino también por los otros miembros de la “mesa de trabajo”) fue la misma ministra quien utilizó el término “secreto” para referirse al acuerdo con la UNA, y es por esa razón que se ha utilizado dicho término al hablar de él.
Sobre los tratos justos, personalmente creo que lo que corresponde es delimitarlos de forma adecuada en la ley (y no dejarlos “abiertos”, que es lo que en definitiva molesta a los autores/artistas) (al menos es la impresión que me da) en vez de simplemente sacarlos.
Usted habla de que sólo un 2% de las descargas en internet son pagadas, según estimaciones. Espero no le moleste, pero por (de)formación profesional, necesito una fuente, y datos del estudio (tamaño de la muestra, resultados, gráficos, etc), que me permitan interpretar adecuadamente la información. De lo contrario, considero imposible creer en datos dados “a la ligera”.
Sobre el tema de las ISP, creo que ya se ha comentado en varias partes: el que en sus anuncios hablen de “descargas gratuitas” es publicidad engañosa, pero no lucro. A quienes se debería perseguir realmente es a quienes ponen en la red material ilegal, no a quien pone el camino.
Por último, me encantaría que me informaran cuáles artículos de la ley han sido modificados para aumentar las condenas y/o multas a los vendedores de material pirateado en las calles (e incluso locales) del país, así cómo establecer medidas más efectivas contra estos. Después de todo, son ellos quienes abastecen de material a aquella gente que no tiene como/no sabe descargar material de internet, y quienes lucran directamente sin pagarle a nadie, y hasta ahora no he visto ninguna información sobre modificaciones a la LPI que aborden este punto de forma efectiva.
Ariel Moncada: hace tiempo que ando pensando en formas efectivas para dar a conocer a los artistas del país que distribuyen su material bajo CC, pero cómo recién tengo tiempo (ya que hace sólo un par de semanas dí mi examen de grado) no he tenido cómo armar el tema. Me encantaría que te contactaras conmigo (a través de mi blog, más fácil) para poder compartir ideas, y quizás me ayudes a enfocar mis proyectos.
Entregue toda la información sr. León, el famoso CESPI (sigla por lo demás ya registrada por otra institución) es una organización, digamos, prima de la SCD.
O acaso no le suena el apellido Shuster.
Lentito mis pelotas.
Solo para aclarar mas:
CESPI creada el 2001 por el Directorio de SCD.
http://www.telon.cl/asesorias.htm
Incluso el mismo Sr. León lo confirma en el post 228 de
http://www.elfrancotirador.cl/2008/10/30/%c2%bfquien-merescd-ser-millonario/
Si hasta el computador de la oficina del Sr. León aparece con IP SCD
Dr. Kaligary:
Gracias por seguir mi carrera en la blogósfera. Su actitud se parece mucho a la del Senador McCarthy o a Las Brujas de Salem.
Veo que le molesta bastante que trabaje en CESPI. Sin embargo, no veo ningún argumento suyo destinado a desvirtuar los míos. Como usted se ha dedicado pacientemente a leer mis comentarios, habrá visto que jamás he denostado a alguien por trabajar en Derechos Digitales o en Terra. ¿Tiene algo que ver el lugar de trabajo con el debate de fondo?
No me constaría nada usar un proxy, pero no lo hago porque sé que mis argumentos son fuertes. Ni siquiera oculto mi verdadero nombre, algo que otros sí hacen, Dr. Kaligary.
Ariel Moncada:
El problema de Creative Commons es, precisamente, la renunciabilidad de los derechos. Esa renunciabilidad, si bien puede parecer muy romántica, es utilizada posteriormente por empresas, sellos, productoras y un largo etcétera para lucrar a costa de los artistas. Piensa que los artistas, a menos que coticen voluntariamente, no tienen previsión. En ocasiones la única forma que tiene un artista de compensar esa gran injusticia son los derechos de autor.
Uno puede perfectamente renunciar a sus derechos y nadie se opone a ello. Pero tampoco se les puede obligar a ello, ¿verdad?
Una vez más, se trata, precisamente, de no cobrarle a los usuarios, sino a quienes se benefician (económicamente) de esta violación de los derechos de autor a gran escala que es Internet. Si los ISP quieren subir los planes, están en su derecho, pero quizá lo más justo sería que lo internalizaran en sus jugosas ganancias. Los artistas y sus derechos no tienen nada que ver con eso (lo mismo se dijo que ocurriría con la Televisión por Cable, y no sólo no subió, sino que bajó de precio).
Saludos.
Ja. y eso que somos lentos. (control social que le llaman).
Mi verdadero nombre es Nosferatu el vampiro
Paola Fuentes:
Tienes mucha razón. Lamentablemente no tengo la fuente, pero hay un estudio de Adimark y la UNIACC que establecen algo similar a nivel local.
En todo caso, ¿realmente parece poco intuitiva la cifra? Creo que si haces una encuesta a 100 cercanos el porcentaje no andará muy lejos de eso (contestando sinceramente, se entiende, porque ahora resulta en estos foros que nadie baja música por internet, y eso es puro invento de los artistas).
Pido perdón por lo de la fuente, pero en verdad también es un poco de sentido común. ¿Quién paga por bajar música cuando puede hacerlo gratis?
Saludos
Paola, tú eras la que presentaba la tesis, ¿verdad?
¿Cómo te fue en eso?
Saludos
Gracias Enrique por tu disposición.
Es extraña la situación de encontrar información de la posición de la SCD en el blog de trato justo para todos y no en el suyo.
En el caso del dominio público, ¿por qué no dejar que voluntariamente los autores decidan que hacer con la obra que han creado? Entiendo que hayan abusos de las industrias, ¿pero eso no es un tema de contratos privados? Yo en mi pega igual sufro con el tema del copyright de las cosas que creo, pero yo veré si firmo ese contrato o no.
ahora, sinceramente creo que el tema de pagar imposiciones o no, no es un argumento para profesionales que como yo, trabajamos independientemente y responsablemente las pagamos.
Vivi:
Claro que es un tema de contratos privados, pero lo que ocurre es que si no se establece por ley la irrenunciabilidad, dichas cláusulas pasarían a ser “cláusulas de estilo”, es decir, no habrían contratos que no contemplaran la renuncia (casi siempre el artista es la parte más debil en un contrato frente a su contraparte). Con todo, y como dije, esto no implica que el artista no pueda hacer cesión de sus derechos. Pero dicha renuncia no puede ser irrevocable (¿cómo sabes si el día de mañana no querrás recibir una compensación por algo que hiciste?).
Tu ves si firmas el contrato, pero si no se estableciera por ley la irrenunciabilidad, ten por seguro que jamás encontrarías un contrato sin dicha cláusula. Esto no significa que no pueda pactarse, pero prima la irrenunciabilidad prescrita por la ley.
Saludos
@Enrique Leon:
Bueno, en realidad me parece un tanto irreal, al menos para mí, ya que la gente entre la que me muevo (rockeros, roleros, entre otros) suele comprar contenido por internet (videojuegos, manuales de rol, música), ya sean descargar o encargos (la mayoría de mis amigos que juegan rol hacen encargos a las editoriales en EE.UU. o Europa, o compran por ebay o amazon). También muchos suelen descargar un disco para “catarlo” y después comprarlo.
Hasta yo lo hago. Cuando Death Magnetic (el último disco de Metallica) se filtró en internet 10 días antes de su lanzamiento lo descargué, pero ya lo tenía encargado a la Feria del Disco (y aprovechaba de descargar las imágenes y videos que Metallica puso en internet para quienes adquirieran el disco con la pre-crompra). Y varios amigos, que había dejado de sguir a Metallica tras el “And Justice…” se reencontraron con su viejo sonido ochentero y terminaron comprando el disco.
Yo creo que el problema es, básicamente, las escasas opciones en Chile para optar a comprar material en internet. Mall Music es una forma de compra de música, pero el vender con DRM es un gran contra (ya que no todos los reproductores leen este formato, y el permitir sólo 3 copias por tema es extremadamente restrictivo) (yo suelo cambiar la música de mi reproductor 2 o 3 veces a la semana… lo que me obligaría (con este sistema de protección) a comprar la música al menos una vez a la semana… lo que no estoy en condiciones de hacer).
Y sobre la tesis, si, era yo, y me fue muy bien (gracias por el interés). Ahora estoy 100% dedicada a armar mis ideas para sacar un par de proyectos propios, mientras trabajo en la comunicación de un evento de juegos y fantasía para la Teletón, y armo algunos programas para talleres y cursos de emprendimiento, y comunicación 2.0 para presentarlos (unos) en una OTEC que conozco y (otros) en la municipalidad de mi comuna.
Pero Enrique!
Si “Infórmate sobre cómo es en países civilizados.” es una frase tuya!!
y resulta que yo soy el de las ironías colegiales!!
En todo caso, gracias por contestar, pero me gustaría que fueras aún más preciso, y contaras como es en España, Francia, Alemania, Inglaterra e Italia, etc.
Saludos,
nespejo@
PD: nespejo es mi login hace 15 años, y uso el mismo en todos lados. Si esto es ocultar mi identidad, te puedo comentar que existen más personas que me reconocen por él que por mi nombre de pila, que por supuesto empieza por “n”. Y mi apellido es fácil de deducir. Ahora si necesitas mi RUT te lo puedo facilitar. Por otro lado las afirmaciones son falsas o verdaderas independiente de quién las enuncia, o acaso las tuyas son automáticamente falsas por ser empleado de CESPI y postear desde una conexión pagada por la SCD ??
Estimado Enrique,
Me hago cargo de una incorrección de tu parte, en lo que en este punto me interesa, en lo tocante a la asociación que haces entre renuncibilidad de derechos y Creative Commons.
Pues bien, sin mayor abundamiento, ya que supongo que no es menester para llamarte a corrección, te recuerdo que Creative Commons es un sistema de licenciamiento, esto es, de autorización para el ejercicio de derechos. No es un sistema de renuncia a derechos, al punto que conservas todos aquellos derechos respecto de los cuales no media la licencia y, aun respecto de éstos, es factible el doble licencimiento.
Para tus registros y entendimiento.
Y para no llamar a equivocos al público.
Cordiales salu2
A.
By the way, quiero felicitar públicamente a Enrique.
Estoy en completo desacuerdo con sus ideas; es más, pienso que muchas de sus respuestas parten de supuestos errados. Sin embargo, parece que su error está fundado más en falta de información que en malintencionada actitud.
A pesar de mis reparos, creo que es la primera vez que leo que alguien intenta hacerse cargo con rigor del discurso de la SCD y UNA, aun cuando no trabaje para ellas, sino para una coligada de las mismas.
Uno de los serios inconvenientes de este proceso ha sido, inicialmente, la falta de predisposición al diálogo de todos los implicados y, posteriormente, el menosprecio a la labor de la mesa de conversación levantada a instancias del Senado y del Gobierno. Por infortunio, esto último fue inequívocamente responsabilidad del propio Gobierno y de la SCD/UNA.
Pero, volviendo al sentido de este comentario… vayan mis felicitaciones por intentarlo Enrique.
Salu2,
A.
A Paola:
Es un buen punto. Sigo pensando, en todo caso, que hablas por tí o, en todo caso, por una minoría. Tal vez tú tampoco escuches música como Daddy Yankee o Kudai, y sin embargo ellos representan un altísimo porcentaje de descargas. Este tipo de regulaciones se basa en una globalidad y no en casos particulares, de otra forma jamás podría legislarse sobre nada (no sólo sobre derecho de autor).
A mi también me gustó mucho Death Magnetic y lo compré antes de escucharlo.
Saludos, felicitaciones por la Tesis y suerte en los proyectos
A Alberto Cerda:
Tienes razón, se me cruzaron un poco los cables porque estaba contestando sobre el tema de la renunciabilidad de los derechos. En todo caso, lo que es absolutamente irrenunciable en las Licencias Creative Commons son los Derechos Morales, y dentro de ellos principalmente lo que se refiere a la paternidad de la obra. En el fondo, al dejar tu obra libre para que otros la comuniquen, copien, utilicen, etc. estás renunciando a recibir un pago por dichas utilizaciones. Éso fue lo que quise decir. Por lo demás, tengo entendido que el Noncommercial también es renunciable, así que uno puede encontrarse con la sorpresa de que alguien lucre con la obra que uno cedió con la mejor de las intenciones para estimular la creación de otros. Y por esa licencia no verás ni un centavo de royalty.
En todo caso, comprenderás que también en el Derecho de Autor es posible una “renuncia” de los derechos (en todos los contratos se estipula), dependiendo del autor hacer valer sus derechos en tribunales o no (puede perfectamente no hacerlo jamás, y en tal caso estamos frente a una renuncia de hecho). Por lo tanto no es cierto que los derechos sean irrenunciables en el Derecho de Autor (salvo, claro, los derechos morales).
Gracias por la buena onda, muchos saludos.
Se me olvidaba un pequeño detalle. Las licencias Commons son ofertas indeterminadas. ¿Cómo puedo saber quién utilizará mi obra? Hay un ejemplo bueno respecto de la música de Fito Páez, cuya canción es utilizada en un comercial de Confort.
Saludos de nuevo.
A Nepomuceno Espejo:
“Por otro lado las afirmaciones son falsas o verdaderas independiente de quién las enuncia, o acaso las tuyas son automáticamente falsas por ser empleado de CESPI y postear desde una conexión pagada por la SCD”
Buen punto, y en verdad a mi también me molesta, así que por mi parte prometo no continuar con eso.
Entrando al fondo del asunto:
-España, Italia y Alemania: canon por copia privada, autoriza las copias privadas.
-Francia: ídem. Es interesante el caso de Francia ya que existe un proyecto de ley que autoriza la “desconexión forzada” de usuarios de internet que descarguen música, luego de un par de advertencias.
-Inglaterra y Commonwealth: tengo entendido que existe un proyecto de ley que va en la misma dirección.
Saludos.
Enrique,
No es necesario puntualizar que ofertas indeterminadas por definifición son hechas a personas no determinadas de antemano. De manera que no veo el sentido de tu pregunta. Y esto es igualmente válido si la obra se encuentra licenciada con Creative Commons o con puro y simple derecho de autor.
Por ejemplo, ¿cómo podemos saber qué usuarios se vieron favorecidos por el licenciamiento que hace Fernando Ubiergo de sus obras en línea? Él no usa Creative Commons. Y, sin embargo, tu pregunta también tiene sentido para él, o bien para Jorge Mahu, el Director de Estudios de la SCD que es, hasta donde entiendo, quien se la redactó.
Lo que sucede es que tu foco de atención para responder a este tema no ha de ser la licencia, sino el simple hecho de que la obra está disponible en línea. Ese es el punto. ¿Cómo puedo determinar quién o quiénes se han visto beneficiados por el otorgamiento de una licencia cualquiera en línea? Tema de tesis, como podrás ver.
Salu2,
A.
Chequeen esta noticia:
Demandas a iiNet
Al parecer, no estamos tan desubicados con la imputación a los ISP.
Saludos a todos.
Enrique,
En francia pagan canon por internet o por medios digitales ??
En todo caso prefiero sanción a los que descargan material protegido a que le cobren un impuesto específico a internet, que al final siempre sale de la cuenta (el problema del margen excesivo de los ISP es independiente de los derechos de autor).
Incluso así se incentiva a la gente a preferir material legalmente subido por sus dueños, y a los artistas a preferir este modelo de distribución y promoción, prefiriendo formas de licenciamiento del tipo cc.
Además, cobrar a todos por parejo es una burla para los que han gastado sus lucas comprando material legalmente, ya sea descargando de algún servicio pagado, o de la manera antigua, comprando plástico en una disquería. Tratar a sus fans compradores de peor manera que a sus fans pirateadores no me parece justo.
Saludos,
nespejo.
Enrique:
Leí tu noticia sobre la demanda a iiNet. Pero, creo, que podrías ir un poquitito más allá y leer las opiniones de la gente que comenta, quienes, con un poquito de sentido comun dicen cosas como:
1. “This is the age old debate where possession of a tool is equalled to necessarily having the criminal intent to use it to commit acts you know are ilegal. Next up – watch hardware stores get sued for selling hammers that can be used by thugs and crooks to mug people by hitting them over the head. When will shoe stores get sued for selling boots and shoes that are painful to the person receiving kicks in the ass?”
2. “The companies should go after the individual, not the ISP”
Lo traduzco, resumidamente, aunque sea ilegal:
1. “Este es el viejo debate donde la posesión de una herramienta es relacionada necesariamente con la intención de cometer un crimen. En el futuro habrá que tener ojo con las demandas a quienes venden martillos, pues estos pueden ser usados para maltratar gente ¿Cuándo vamos a demandar a las fabricas de zapatos, que pueden ser usados para patearles el culo a la gente?”
2. “Las compañías no deben perseguir a los ISP (si hay piratería) deben perseguir a quienes piratean”
Es bastante lógico y razonable. No costaba nada leer un poquito más.
A Juan Pablo Fernández:
Precisamente, ésa fue la intención del inserto de la noticia. Ver cómo se repiten los mismos argumentos. Está bien y es normal que existan estas discusiones, por eso es que demonizar a entidades como la SCD o la UNA no contribuye a nada. Adempas, quería demostrar que los argumentos que he mencionado en este foro y tantos otros no son inventos míos, sino argumentos prácticamente universales (al igual que los contrarios).
Saludos.
A Nespejo:
Es verdad, el margen de ganancia y la falta de competencia real en los ISP no tiene nada que ver con los derechos de autor. Pero, como bien dijo alguien por ahí, lo más probable es que si el costo les equivale a subir el plan en 100 o 200 pesos no lo hagan (siempre será preferible cobrar 19.990, y para alcanzar el tramo de 29.990 deberían imputar insumos muy superiores al pago de los derechos de autor).
Saludos
A pesar de ver frenado el intento de extensión de su proyecto contra las redes de P2P a la Unión Europea, Nicolas Sarkozy no ha abandonado sus planes para restringir el servicio de internet a sus usuarios.
El Senado francés ha terminado por aprobar el proyecto de ley que permitirá cercenar el acceso a internet de aquellos usuarios a los que se acuse, mediante los famosos “tres avisos”, de violar la propiedad intelectual por intercambiar archivos en redes P2P.
A falta del mero trámite de ratificación en la Asamblea Nacional, el plan aprobado el 29 de octubre prevé arrancar con el envío diario de 10.000 correos electrónicos a los usuarios más activos. Si esta primera llamada de atención no disuade al internauta, recibirá un segundo aviso mediante correo certificado con acuse de recibo para que cese en su actividad. La ministra francesa de Cultura, Christine Albanel, explicó ante su comisión que se enviarán 3.000 advertencias diarias a los usuarios que no desistan.
Finalmente, cada día, mil ciudadanos verán clausurado su acceso personal a internet durante períodos que oscilan entre los tres meses y un año.
Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, cree que estamos ante un debate que “no afecta sólo a las redes P2P, sino que es una cuestión de libertades civiles”. La propiedad intelectual puede ser muy respetable, “pero los derechos fundamentales están por encima”. Conquistas básicas como libertad de información, la intimidad, la privacidad de las comunicaciones se ven cuestionadas de manera reiterada: “Antes, la excusa era la lucha contra el terrorismo, pero ahora es simplemente una defensa de intereses corporativos”, lamenta Domingo.
De nada ha servido en Francia el frenazo de la Unión Europea al propósito del presidente francés, Nicolás Sarkozy, de extender su iniciativa a todos los países miembros. Bruselas rechazó asumir como propio el ejemplo francés e insiste en que sólo una autoridad judicial, no las autoridades administrativas, puede ordenar el corte de un acceso a internet.
Las vicisitudes técnicas de la medida pueden suponer un quebradero de cabeza para las autoridades, las empresas suministradoras y, naturalmente, los usuarios. A las dificultades para identificar personalmente a un supuesto infractor (múltiples usuarios pueden compartir un mismo punto de acceso la red y un mismo equipo informático) se une el temor a que el corte de un acceso repercuta también los servicios de telefonía fija o televisión, que hoy día suelen suministrarse en paquetes conjuntos. Por el momento, la cartera gala Cultura prevé una partida de 3,5 millones de euros para acometer las medidas técnicas necesarias compensar a las empresas por los gastos que les suponga perseguir, identificar, advertir y castigar a sus propios clientes.
Domingo se alegra de que, “por ahora”, no cunda el ejemplo francés: “De momento, hemos ganado una primera batalla [con las medidas de la UE que amparan al usuario], pero estamos seguros de que volverán a la carga y habrá que pelear de nuevo ante las próximas elecciones europeas”.
Enrique
y cual era el punto entonces? poner ese tema y no opinar nada?
Juan Pablo:
Algunos creen que la imputación de responsabilidad a los ISP es un invento de acá. La idea es mostrar que en otras partes del mundo aquel argumento, supuestamente tan descabellado, también está siendo utilizado. No somos solo los chilenos los trogloditas que se nos ocurre cobrarles a los ISP. Obviamente, existen también los argumentos contrarios.
impresionante como es esto. comienza la jornada laboral y empiezan a postear los empleados de la SCD en cuanto blog tienen enfrente.
impresentables.
Okey C., ¿pero tu también escribes en horario laboral, o no? ¿Qué tiene de malo?
que la idea de cobrar a los isp no sea de chile nomas no significa nada mas que eso. No le da validez a la idea ni sirve para aportar a la discusión. Es totalmente inutil. ¿Podrías justificar algo?
Juan Pablo:
Si lees un poco más arriba y otros foros, te darás cuenta de que uno de los argumentos que se ha señalado es que Chile es el único lugar en donde se plantea la imputación a los ISP. El artículo que publiqué estaba destinado a desvirtuar esa creencia.
Saludos.
Enrique,
Cuando afirmo que el impuesto específico que quiere lograr la SCD(mas amigos) lo terminarán pagando los usuarios, significa que la diferencia entre los costos reales de producción y la tarifa seguirá siendo la misma.
Esto no implica que las tarifas suban exactamente en 2%, pues los productores tiene miles de formas de traspasar los costos sin tocar la tarifa: postergación de incorporación de adelantos tecnológicos, empeoramiento de los niveles de calidad (tiempos de respuesta ante fallas, etc), y muchos otros que ni siquiera sospecho. El ejemplo de la televisión por cable es una muestra de ello: redujeron sus márgenes a tener que pagar a la SCD?? El canon español es otro ejemplo, el impuesto es sobre los productores (importadores) sin embargo el recargo a los precios finales es evidente. El impuesto específico a la bencina es otro ejemplo: acaso lo absorben los distruibidores, sin pasarlo a precio??
En fin, negar que serían los usuarios los perjudicados es falso. Mejor discutamos si hay algún bien público que sea necesario mantener y amerite introducir un impuesto específico.
PD: No me contaste cómo es en Francia…
Los ministros de cultura de la Union Europea se han mostrado en contra del llamado “modelo Sarkozy”, y han declarado que la propiedad intelectual no puede estar sobre los derechos fundamentales de las personas.
mas en mi blog (que no tengo tiempo para ponerlo aqui)
http://www.echoboomers.cl/?p=43
@nespejo
Un poco mas arriva en estos coments copie un articulo sobre el tema Sarkozy… tb se refiere a este Paola Fuentes.
La cosa es, en lo general, Intereses corporativos v/s intereses de usuarios-ciudadanos.
Salute
Ok., pero recuerden que el modelo del proyecto de legislación francesa es el más drástico del mundo (contempla la regla three strikes), que es precisamente el modelo al que no se quiere llegar acá. En lo personal yo también estoy en desacuerdo con ese modelo, y me parece mucho más justo el de la participación en los beneficios (que ISP y autores se beneficien de las descargas de música, y los usuarios la tengan a su disposición).
Saludos